Vicepresidencia de Desarrollo del Socialismo Territorial

“No debemos acercarnos al pueblo para decirle: aquí estamos. Venimos a darte la caridad de nuestra presencia, a enseñarte nuestra ciencia, a demostrarte tus errores, tu incultura, tu falta de conocimientos elementales. Debemos ir con afán investigativo y con espíritu humilde a aprender, en la gran fuente de sabiduría que es el pueblo.”

Comandante Ernesto “Che” Guevara.

Con motivo de la reciente reestructuración del gabinete ejecutivo, anunciado por el Presidente Nicolás Maduro, y la puesta en marcha de la Vicepresidencia de Desarrollo del Socialismo Territorial, bajo la conducción del recién designado ministro del Poder Popular para las Comunas, camarada Elías Jaua Milano, el alto gobierno pone énfasis en uno de los aspectos medulares que permite garantizar, en el marco de la dedicación, la acción y lucha, desarrollar y consolidar el Poder Popular, como aporte imprescindible para la etapa de transición hacia el socialismo, en el marco de la democracia participativa y protagónica; siendo la garantía para cristalizar lo que el comandante Presidente, Hugo Chávez Frías inmortalizó como frase: “Todo el Poder para el Pueblo”.

Trascendente, pero además, de una intensidad comparable con el ímpetu del rol protagónico que ejerza el pueblo, es la tarea que llevará en sus hombros, el ministro Jaua. Soy de los que considero un gran acierto dicha designación, pues en el nuevo vicepresidente se conjugan toda una serie de atributos y capacidades para contribuir a que nazca de una vez por todas, un modelo socio-económico en el que el papel del Estado, sea de promotor contundente a favor de una planificación estratégica, democrática, participativa y de consulta abierta, que garantice seguridad jurídica, solidez, dinamismo, sustentabilidad, permanencia y equidad en el crecimiento de la economía, para vigorizar la justa distribución de la riqueza.

El modelo de desarrollo implementado en Venezuela hasta finales del siglo pasado, se caracterizó por establecer patrones de concentración de renta y de poder que se convirtieron en los principales generadores de pobreza y exclusión, contribuyendo a la depredación ambiental y acelerando los procesos migratorios y urbanismo, trayendo como origen procesos de segregación social y espacial.

Y cuando decimos que es trascendente la tarea del camarada Jaua, es porque hay que rediseñar nuevos espacios político territoriales (con esto no estamos diciendo que hay que acabar con estados y municipios), para promover diferentes modalidades de gestión de las políticas públicas donde tengan expresión directa los actores sociales organizados y cohesionados en torno a unidades territoriales equivalentes a sus competencias, y a jurisdicciones inherentes a una territorialidad reconocida por la apropiación y el asentamiento mismo de la población en lugares que generen sentimientos de pertenencia e identidad geográfica; pero que además, expresen el contenido político del modelo socioeconómico legitimado por el Estado.

Ya existe un buen trecho recorrido, por ejemplo un sólido fundamento jurídico emanado de la propia Carta Magna; y las leyes Orgánicas del Poder Popular: la del Poder Popular, que busca generar condiciones para que el pueblo consolide su soberanía, impulsando formas organizativas para el ejercicio de la democracia directa, mediante formas de organización popular, que garanticen la tutela efectiva del derecho constitucional a la participación libre y democrática en la toma de decisiones en todos los ámbitos públicos.

La de Planificación Publica y Popular, que establece los principios y normas que sobre la planificación rigen al Poder Público: popular, municipal, estadal y nacional, así como la organización y funcionamiento de los órganos encargados de la planificación y coordinación de las políticas públicas y las instancias de participación y protagonismo del pueblo; a fin de garantizar un sistema social de participación y de planificación, que tenga como propósito el empleo de los recursos públicos dirigidos a la consecución, coordinación y armonización de los planes, programas y proyectos para la transformación del país.

La de Comunas, que instituye las normas que regulan la constitución, conformación, organización y funcionamiento de la Comuna, como entidad local socialista donde los ciudadanos y ciudadanas, en el ejercicio del Poder Popular, desarrollan los principios de soberanía y participación protagónica, mediante el autogobierno.

La de Fomento y Desarrollo del Sistema Económico Comunal, que funda los principios, normas y procedimientos que rigen el sistema económico comunal para desarrollar el modelo productivo socialista, con base en los planes y proyectos impulsados por las organizaciones del poder popular en los ámbitos comunal y comunitario, y en el intercambio de saberes, bienes y servicios para la reinversión social del excedente, dirigidos a la satisfacción de las necesidades colectivas.

La de Contraloría Social, que desarrolla los mecanismos, normas y condiciones para garantizar la promoción e impulsar el ejercicio de la contraloría social como medio de participación, protagonismo y corresponsabilidad, en el ejercicio directo e intransferible de su soberanía, para la consolidación del poder popular, a través de la acción directa de los ciudadanos y las ciudadanas en las funciones de vigilancia, seguimiento, acompañamiento y control de la gestión pública y comunitaria.

La de los Consejos Comunales, que regula su actividad como instancias de participación, articulación e integración entre los ciudadanos, ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y populares, que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción del nuevo modelo de sociedad.

Igualmente, caminan en el empedrado jurídico de estas leyes otras, como la del Consejo Federal de Gobierno, de los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas; de los Consejos Locales de Planificación Publica, y la propia Ley Orgánica del Poder Pública Municipal, reformada en el año 2010.

Me atrevo, incluso, humildemente recomendar, para profundizar en cuanto a la filosofía y doctrina del tema, el libro: ¿Dónde está la Comuna en la Constitución Bolivariana? De Ulises Daal. Editado por la Asamblea Nacional en el año 2013, especialmente los capítulos sobre el Estado Federal Cooperativo y el Estado Comunal.

Igualmente, tiene como saldo la actividad de esta novel vicepresidencia la experiencia constitutiva de más de 30 mil consejos comunales, y las cientos de comunas en construcción, diseminados por toda la geografía nacional. Se trata entonces de promover a partir de las estructuras del Estado constituido, la fuerza e ímpetu que impulse y vigorice las nuevas instancias de gobierno popular.

Todo lo anterior implica, una valoración de todas las formas de participación de base que vayan apareciendo y junto a ellas dar calor a las nuevas expresiones de gobiernos comunales, que desde el corazón del sentir popular se vayan organizando bajo estas premisas jurídicas, que sirvan de guía para dar rienda suelta a todo el potencial creativo del pueblo.

Mantengamos presente la manifestación vigente del Comandante Eterno: "La línea estratégica es la construcción de la Democracia Socialista y el Poder Popular. Para que esto se logre es necesario el surgimiento y fortalecimiento de las Comunas y es ahí donde yo pido un mayor esfuerzo de los gobernadores, alcaldes y legisladores regionales para impulsar este mecanismo del Poder Popular”.


victorbarraez@hotmail.com




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