Viceprocurador General de la República: “La AN tiene que revocar las juramentaciones”

Viceprocurador Reinaldo Muñoz

Viceprocurador Reinaldo Muñoz

Caracas, enero 13 - La Procuraduría General de la República (PGR) introdujo una acción de inconstitucionalidad por omisión legislativa ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), tras la situación generada por el empecinamiento de la Directiva de la Asamblea Nacional de mantenerse en desacato contra las sentencias dictadas por la Sala Electoral del máximo Tribunal con ocasión de la incorporación ilegal de tres diputados opositores, informó el viceprocurador, Reinaldo Muñoz.

“La sentencia de ayer de la Sala Electoral destaca que los actos que dictó y que dicte la AN de esa fecha en adelante son nulos, y que ello se mantendrá así hasta que no cumplida la sentencia. Es decir, que sean desincorporados los 3 diputados que fueron juramentados ilegítimamente”, explicó Muñoz.

El TSJ declaró este lunes en desacato a la directiva de la AN tras la juramentación de los diputados de la Mesa de la Unidad (MUD) electos en Amazonas el pasado 6 de diciembre, sobre quienes pesa una decisión del Poder Judicial que suspende provisionalmente su investidura. Por ende, todas las acciones del parlamento son nulas mientras los referidos legisladores no sean desincorporados.

“La AN tiene que revocar las juramentaciones que hicieron y proceder a la desincorporación efectiva de estos tres diputados”, agregó Muñoz.

El Viceprocurador explicó que en el actual escenario las máximas autoridades de la AN han declarado públicamente que van a seguir desacatando la sentencia del TSJ. Colocan así al Presidente de la República, Nicolás Maduro, en la disyuntiva de desconocer el órgano y circunstancias para presentar su informe anual, para lo cual tiene sólo tres días.

“El Presidente tiene hasta el viernes para dar el mensaje anual que realmente se presenta al pueblo a través de la AN, por eso instruyó a la PGR acudir al TSJ y solicitar su pronunciamiento en esta situación atípica en que la AN no tiene legitimidad para recibirlo. Hay que recordar que la legitimidad no sólo se fundamenta en los votos, sino que el Poder electo debe actuar para aquello que se le ha otorgado mandato, en el marco de la Constitución y el respeto de todo el orden jurídico”, dijo.

La presentación del mensaje presidencial anual se establece en el artículo 237 de la Constitución de la República, y de acuerdo con esta disposición, “dentro de los diez primeros días a la instalación de la Asamblea Nacional, en sesiones ordinarias, el Presidente o Presidenta de la República personalmente presentará, cada año, a la Asamblea un mensaje en que dará cuenta de los aspectos políticos, económicos, sociales y administrativos de su gestión durante el año inmediatamente anterior”.


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