Comisión de Controlaría de AN solicita arresto domiciliario contra diputados de PJ

Richard Mardo, diputado del partido Primero Justicia

Richard Mardo, diputado del partido Primero Justicia

Credito: web

06 de Febrero.- La Comisión de Contraloría de la Asamblea Nacional (AN) solicitó este miércoles ante el Ministerio Público (MP) se mantenga bajo custodia en sus residencias a los diputados Richard Mardo y Gustavo Eduardo Marcano, del partido de derecha Primero Justicia (PJ), por cuanto se declararon confesos de hechos de corrupción contra el patrimonio público.

El presidente de la referida comisión, Pedro Carreño, consignó ante el MP el expediente con las denuncias por los presuntos actos corrupción cometidos por esos diputados.

En declaraciones a los medios de comunicación, dijo que la denuncia se fundamenta en el artículo 200 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que señala textualmente que "en caso de delito flagrante cometido por un parlamentario o parlamentaria la autoridad competente lo o la pondrá bajo custodia en su residencia y comunicará inmediatamente el hecho al Tribunal Supremo de Justicia".

Este martes, el presidente de la AN, Diosdado Cabello, en la sesión ordinaria, presentó pruebas de presuntos hechos de corrupción en el manejo de fondos provenientes de donaciones no declaradas al Consejo Nacional Electoral (CNE) ni al fisco.

"(Cabello) Consignó en sesión ordinaria del 5 de febrero de 2013 documentos que se constituyen en pruebas fehacientes y que del análisis de los mismos se desprende que evidentemente estamos en presencia de delitos contra el patrimonio público y la flagrancia se encuentra ligada a la verificación de la prueba", precisó Carreño.

Igualmente, expresó que de conformidad con criterios jurisprudenciales del máximo Tribunal de Venezuela, específicamente en sentencia de la Sala Constitucional con fecha 11 de diciembre de 2011, expediente 00-28-66, se estableció que "un delito se considera flagrante cuando el sospechoso se ve perseguido por la autoridad policial, por la víctima o por el clamor público", y prosiguió explicando que la sentencia estipuló que "se sorprende a una persona con instrumento u objeto que de alguna manera hagan presumir con fundamento que él es el autor".


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La fuente original de este documento es:
Agencia Venezolana de Noticias (AVN) (http://www.avn.info.ve)



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