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Este lunes entró en vigencia la reforma parcial de la Ley de Responsabilidad de Radio y Televisión (Ley Resorte), específicamente de su artículo 11, mediante el cual se hace obligatorio para los prestadores de servicio de televisión por cable transmitir los canales comunitarios de servicio público, sin fines de lucro e iniciativas del Estado.
Según la Gaceta Oficial N° 38.333, 45 días después de su publicación la televisión por cable deberá adaptarse a esta reforma que, además, exige la inclusión de todas las señales de televisión UHF y VHF en su difusión.
Igualmente, se reformó la segunda disposición transitoria, a través de la cual los prestadores de servicio de televisión por suscripción deberán incluir en un plazo no mayor de 30 días, contados desde el lunes 12 de diciembre, a los canales Venezolana de Televisión (VTV), la televisora de la Asamblea Nacional (Antv), a la Corporación Venezolana de Telecomunicaciones (Cotevel) y a los servicios de producción internacional audiovisual en los que tenga participación el Estado venezolano.
Con el objetivo de garantizar el acceso a los usuarios y usuarias de estos servicios de señal abierta, es obligatorio que la televisión por cable incluya a los canales determinados por el Estado, el cual se podrá reservar hasta 10% del total de las estaciones de radio y televisión difundidas por esta vía.
El nuevo artículo 11 dispone que para ofrecer por este servicio la señal UHF y VHF, además de los canales comunitarios y del Estado, se otorgará una proporción de 12% o más del total de los canales de cable.
Además, contempla que los prestadores de servicio de cable que emitan señal de radio también ofrezcan la programación radial trasmitida por señal abierta.
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