Los setenta años de El Nacional y la Libertad de Expresión

Ibeyise Pacheco y Hercilia Garnica,  en ejercicio de su derecho Humano a la libertad de expresión, violaron otros derechos humanos, apoyadas en una plataforma denominada EL NACIONAL.

Con ocasión de tan importante aniversario, es oportuno ahondar sobre un tema tan importante para la vida ciudadana como la Libertad de expresión.

Para nosotros el Derecho a la Libertad de Expresión tal como aparece consagrado en el artículo 57 constitucional nos induce a detenernos en sus cinco elementos, los que se corresponden con los que determinan la Libertad de Expresión, de acuerdo con el artículo 13 de la Convención  Americana sobre Derechos Humanos:

1.- Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión.  Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento. (Derecho de expresar libremente todo lo que sea producto de mi creatividad)

 2. El ejercicio del derecho a expresarse libremente, no puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores, necesarias para asegurar:
 a)  el respeto a los derechos o a la reputación de los demás,
 b) la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.
Pero la información debe ser veraz e imparcial; sin censura Previa, pero con Responsabilidad Ulterior, cuya forma de materializarse en forma inmediata, es el Derecho a réplica.
 3. La existencia de medios y recursos suficientes para permitir el ejercicio del derecho; en cuyo marco el Estado venezolano, garantiza, la existencia de emisoras de radio y televisión, prensa escrita, papel, etc
 4. Solo procede censura previa, en relación con espectáculos públicos para la protección moral de la infancia y la adolescencia.
 5. Está prohibida toda propaganda de guerra y toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituyan incitaciones a la violencia y mensajes discriminatorios por razón de de raza, color, religión, idioma u origen nacional.

Ahora, nos preguntamos: Cuando no se dan los elementos de: Información veraz e imparcial, ni el derecho a réplica, ni la responsabilidad ulterior, quien es responsable?

Durante la Cuarta República solo el estado era responsable de violación de derechos humanos, en la Quinta República se han sentado nuevas doctrinas que establecen responsabilidad de los particulares por violar derechos  humanos y más importante aún, no de cualquier particular, sino de empresas mediáticas privadas.

Ahora, los derechos humanos no tienen preeminencia uno sobre otro per se, pero encontramos salvadas excepciones:

Libertad de Expresión priva sobre el derecho al honor, si y solo si, se dan tres supuestos:

a)    El asunto involucra a un Funcionario Publico

b)    Es de Interés Colectivo

c)    La Información es Veraz; aquella obtenida mediante una profunda y propia investigación tendiente a corroborarla.

Sin embargo, considerando la afectación, para nosotros, el derecho a la información que es colectivo, está por encima del derecho a la libertad de expresión que es individual; pues en ejercicio de mi derecho a la Libertad de Expresión puedo influenciar positiva o negativamente en un colectivo que hace uso de su derecho a la información, el cual se materializa a través de los medios, que en su mayoría, incluido EL NACIONAL, violan el artículo 58 constitucional y nuestro derecho a disfrutar de salud psíquica.

Un titular que señale que alguien violó a un niño en algún lugar, por ejemplo, pudiera generar que la gente de ese lugar linchara a ese alguien; y eso viene ocurriendo en nuestro país, con la prensa escrita y específicamente con EL NACIONAL y no pasa nada; y ocurrió con el Dr. Adolfredo Pulido Mora, irresponsablemente, colocándolo ante la amenaza de un colectivo que ha podido ir en su contra; ante la amenaza de familiares de los afectados, colegas médicos, vecinos de las comunidades a las que pertenecían; en fin las periodistas Ibeyise Pacheco y Hercilia Garnica,  en un mal ejercicio de su derecho a la libertad de expresión, pretendiendo garantizar el derecho a la información de un colectivo, violaron el derecho al honor, del Dr. Adolfredo Pulido Mora, lesionaron su reputación durante largos 9 años, que duró un proceso penal, que lo declaró inocente, pusieron en riesgo su vida, su integridad física y su libertad personal y ello debería tener una consecuencia penal, contra EL NACIONAL pero el constituyente venezolano se ha conformado con abrir el espacio para un resarcimiento económico, consagrando la protección a la fuente en el artículo 28 constitucional; y la acción por daño moral, prevista en el artículo  1.196      del código civil.

Si de acuerdo a lo previsto en el artículo 58 constitucional, toda persona tiene derecho a la información, oportuna, veraz e imparcial, sin censura, y el artículo 46 consagra el derecho que tiene toda persona a que se respete su integridad física, psíquica y moral, ¿no debería existir una sanción penal para quienes con informaciones inexactas, manipuladas, tergiversadas, utilizando técnicas para infundir terror, como las conocidas:

a)    Cartelización

b)    Yuxtaposición

c)    Uso incorrecto de la lógica; violentan esta garantía, generando desasosiego, intranquilidad, desequilibrio en la población, en franca violación también del artículo 108 constitucional que obliga a todos los medios de comunicación públicos y privados a contribuir con la formación ciudadana?

Vemos cartelización a diario por prensa, radio y televisión, cuando todos difunden la misma noticia, pero poco importa, si no es veraz y la lesión que cause; utilizando la Yuxtaposición, esto es, información cierta con imagen falsa o viceversa, confunden a la población; haciendo uso incorrecto de la lógica, es decir, de dos premisa ciertas obtienen una conclusión falsa; generan confusión, desasosiego, angustia, desequilibrio en la población. Y con el uso de esas técnicas y otras tantas, EL NACIONAL celebra hoy setenta años de vida, de los cuales más de 25 ha estado al servicio de la mentira, la manipulación, la tergiversación, el irrespeto, alejado de su deber y violentando la confianza que alguna vez depositaron en ese diario, sus lectores; con el respeto que me merecen los contados trabajadores que no negocian su ética ni disponen de su labor para intereses personales o partidistas.
Minnori Martínez Gómez
Abogada Bolivariana

@minnoricandanga

 



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Minnori Martínez


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