Toda la verdad sobre Reforma a la Ley de Telecomunicaciones

 

Detrás de cada Ley hay un proyecto político para establecer un orden en la sociedad; eso que Marx llamó la Súper Estructura. La derecha aspira un orden a favor del capital y el dominio la élite que lo acumula; la izquierda privilegia a los seres humanos, en igualdad de condiciones.

Podemos ilustrar este concepto con la más reciente movida de ficha de la derecha parlamentaria venezolana, quienes con un solo documento de apenas 9 páginas, aspiran borrar de un tirón más de quince años de lucha de la Revolución Bolivariana por administrar el espectro radioeléctrico a favor del pueblo, así como el derecho a la información veraz y a la comunicación responsable en todas sus expresiones.

Les vimos discutir, agazapados en algunos clubes del país, entre cogollos, ese proyecto de reforma que encabezan Tomás Guanipa y Biaggio Pilieri, dos enemigos del poder popular, muy proclives a defender los intereses de la clase económica.

Hoy celebran su aprobación por todo lo alto, y con razón, esto significaría, de proceder, un golpe a los poderes que constitucionalmente ejerce el Presidente de la República en materia de comunicaciones y una herramienta para favorecer el proyecto económico de sus jefes. Dos pájaros de un tiro, política y plata.

Pero veamos sobre qué aspectos específicos opera esta nueva movida de la derecha venezolana.

  • El artículo 5 la Ley vigente declara de Interés y Servicio Público el establecimiento o explotación de redes de telecomunicaciones y la prestación de servicios de telecomunicaciones, entre ellos, radio, televisión y producción nacional audiovisual… La Reforma declara como actividades de Interés General la instalación, establecimiento, explotación y prestación de servicios de telecomunicaciones… Como verán, esta reforma pasa del concepto de Servicio Público, al de Interés General, lo cual pudiera verse como un simple tema de enfoque semántico, pero responde a una visión estratégica de la política. Por otra parte, generaliza y suprime los servicios específicos de radio, televisión y producción nacional audiovisual. El servicio público invoca los intereses de la nación, el interés general invoca todo, incluso el interés económico. 
  • El artículo 21 de la Ley vigente establece que “La duración de las habilitaciones administrativas no podrán exceder de quince años”; mientras la que la Reforma extiende el plazo a veinte años, dándole más poder a los irresponsables dueños de medios de comunicación, que siempre tienen entre sus planes infringir las leyes y monopolizar todo lo que genere plusvalía.
  • En el artículo 22 vigente se reserva el siguiente derecho a Conatel: “El órgano rector podrá, cuando lo juzgue conveniente a los intereses de la nación, o cuando así lo exigiere el orden público o la seguridad, revocar o suspender las habilitaciones administrativas, concesiones o permisos”. Pues, en la Reforma, estos bandidos suprimen este párrafo para evitar que el órgano actué en casos de emergencias o desastres políticos provocados por ellos mismos, como en abril de 2002 o durante las Guariambas de 2014, resguardando así la legalidad de los empresarios del entretenimiento mediático. 
  • En la reforma al artículo 35, los pillines de la derecha parlamentaria pretenden deslindar Conatel del Ministerio de Comunicación e Información, con el propósito de atomizar la estrategia comunicacional del Gobierno Bolivariano y conseguir a la vez el control de dicho organismo. Así queda la última parte del referido artículo: “(…) Estará adscrita a un órgano rector a los solos efectos del control de tutela administrativa. Dicho órgano de control será distinto a aquel del cual dependan empresas de telecomunicaciones del estado o esté encargado de la comunicación, información y publicidad oficial del Poder Ejecutivo. Osea, el MINCI y Conatel divorciados nuevamente como la vieja PDVSA y el ejecutivo nacional. 
  • Con la reforma al artículo 40 muestran aún más las garras porque disponen que los miembros de la directiva de Conatel deberán ser aprobados por la AN que ellos controlan, lo cual atenta contra las facultades del Presidente de la República, quedando el nuevo artículo así: “Los miembros del Consejo Directivo serán designados por el Presidente de la República y ratificados por la Asamblea Nacional antes de asumir sus funciones. La Asamblea Nacional podrá objetar en forma razonada la designación de cualquier director, ante lo cual el Presidente de la República deberá designar a un nuevo candidato al cargo.”
  • Con la reforma al artículo 43 no solo atentan contra las facultades del Presidente de la República, sino que van en contra del derecho civil de las personas, a militar en una organización política, agregando el siguiente literal como prohibición a quienes aspiran integrar la comisión directiva: “6. Haber sido militante de un partido o agrupación política dentro de los 5 años anteriores.”
  • Cuando nos remitimos a la reforma del artículo 168 observamos cómo de manera vulgar no sólo defienden los intereses económicos de sus patrocinantes, sino que es una confesión de sus planes desestabilizadores: “A los efectos de la imposición de las multas a las que se refiere esta Ley, se consideran situaciones atenuantes y reducirán las sanciones en un tercio…” el texto en cursiva no aparece en la Ley Vigente y supone que si yo infrinjo la ley y me declaro culpable, tendré el beneficio de reducción de la multa, a un tercio de su valor original.
  • Y para finalizar, esta Reforma establece en el artículo 206 un aspecto que a libre interpretación jurídica podría colocar al Presidente de la República ante la imposiblidad de hacer uso de su derecho (de él y del pueblo) a convocar cadenas de radio y televisión, ya que: “Queda prohibido y será sancionado el uso de las alocuciones y mensajes oficiales previstos en éste artículo para fines partidistas, proselitistas y de propaganda”. ¿Quién determina lo que es propagando o proselitismo?

A todas luces, esta Reforma, en apariencia inofensiva, atenta contra este proceso de liberación nacional, en un aspecto en el cual estamos avanzando y debemos avanzar con muchísimas más fuerza: La Revolución Comunicacional.

Es justo dar el debate y defender las conquistas populares. Somos #PuebloComunicador somos #PuebloLegislador.

@paradaliteraria   /  paradacreativa@gmail.com

 



Esta nota ha sido leída aproximadamente 2366 veces.



Noticias Recientes:

Comparte en las redes sociales


Síguenos en Facebook y Twitter