Porque no votaron en el anterior comicio

Desde Boston quitan el derecho al voto a 330.000 electores en Puerto Rico

Operaron las fuerzas a favor de la privación de un derecho constitucional

Operaron las fuerzas a favor de la privación de un derecho constitucional

San Juan de Puerto Rico, noviembre 6 - El Tribunal de Circuito de Apelaciones en Boston anuló fulminantemente anoche la orden emitida en la víspera por la jueza federal Carmen Consuelo Vargas de Cerezo para que se permitiera votar de forma provisional a cerca de 330,000 electores llamados inactivos.

Con su decisión, el foro apelativo federal dio al traste –por segunda vez en menos de un mes– con las esperanzas de miles de electores declarados inactivos en el registro electoral por no haber votado en los pasados comicios.

Esto significa que a pesar de que ese mismo tribunal determinó que en Puerto Rico aplica la Ley federal para Ayudar a América a Votar (HAVA, en inglés), por lo cercano de las elecciones no establecerá un procedimiento para garantizar que los electores puertorriqueños cobijados por esa ley puedan votar.

La ley HAVA impide que a un elector se le coarte el derecho a votar por una posición federal por el hecho de no haber ejercido el voto en dos comicios previos. La base de ese estatuto es que el no votar es una forma de expresión del elector que está garantizada bajo la primera enmienda de la Constitución de Estados Unidos.

El pasado 18 de octubre, el circuito señaló que, pese a que existía ese derecho, no podían emitir una orden para que esos electores pudieran votar por entender que no había tiempo para ordenar un proceso apropiado sin afectar la pureza del resto de la elección.

En su decisión mayoritaria de anoche, los jueces Kermit Lipez y Jeffrey Howard indicaron que la orden de Vargas de Cerezo pretendió conceder el mismo remedio que ellos se negaron a dar en octubre pasado.

En una opinión disidente, sin embargo, el juez boricua Juan Torruella catalogó de correcta la determinación de la corte de distrito y no entraba en contravención con lo decidido por el Apelativo.

“La orden (de la jueza Vargas de Cerezo) no contempla la reactivación inmediata de ninguno de esos electores I-8. (La orden) busca, sin embargo, preservar el poder de esa corte para resolver en sus méritos la controversia en lugar de convertirla en un ejercicio en futilidad”.

Esto porque la determinación final sobre la extensión y forma de aplicación de la HAVA en Puerto Rico aún continúa ante la consideración de la jueza Vargas de Cerezo.

controversia viva

Charlie Hernández, abogado de la demandante en el caso, Myrna Colón Marrero, indicó que a pesar de la decisión continuarán con el pleito hasta lograr que se reconozca el derecho de los puertorriqueños de no votar como un derecho de libre expresión.

“Aquí operaron las fuerzas a favor de la privación de un derecho constitucional. Pero vamos a seguir dando esa batalla hasta que se declare finalmente que a usted no se le puede privar de su derecho al voto por no votar en una elección anterior”, dijo el representante popular.

Por su parte, el presidente de la CEE, Héctor Conty, emitió un comunicado de prensa en el que resaltó que a raíz de la determinación, no se permitirá el voto a los electores catalogados como I-8.

Sin embargo, el comisionado electoral del Partido Popular, Democrático, Eder Ortiz, recordó que el Código Electoral permite el voto provisional en un colegio de añadidos a mano a todo elector que entienda que tiene derecho a votar.

“Estamos claros de que solamente los electores activos tienen facultad para votar, pero si un elector entiende que está inactivo erróneamente, puede plantearlo allí y nos vamos a asegurar de que se le permita votar”, dijo Ortiz.

El director de campaña del PNP, Ángel Cintrón, indicó, por su parte, que los funcionarios de colegio tendrán disponibles las listas de los I-8 para asegurarse de que quienes aparezcan en ellas no se les permita votar. Cintrón aseguró que esa lista ya está depurada.



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