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    Mundo en revolución

Destituido recién electo senador de Colombia por irregularidades en contratos

Autor:
Fecha de publicación:
Congreso colombiano
Credito: Archivo
Bogotá, 20 Mar. ABN.- El senador del Partido Verde Opción Centro, Jorge Eduardo Londoño Ulloa, no alcanzó a felicitar y agradecer a los boyacenses por su elección en las elecciones legislativas del pasado domingo 14 de marzo. La Procuraduría General de la Nación lo destituyó e inhabilitó por 12 años por irregularidades en la firma de contratos, reportó este sábado el sitio Pacocol.

De acuerdo al informe de ministerio público el contrato motivo de investigación tenía por objeto el suministro de dotaciones para el personal docente administrativo de las Instituciones Educativas del Departamento de Boyacá por un valor de 1480 millones de pesos.

Según el reporte, el ex gobernador del Departamento de Boyacá incurrió, junto con su ex Secretario Hacienda, Raúl Alberto Cely Alba, en irregularidades al no publicar el informe de evaluación en tiempo, esto es el 21 de julio de 2006 sino el 24 de julio y pese a ello se realizó la audiencia de adjudicación el 26 de julio conforme al cronograma establecido en los términos de referencia.

Con esta actuación, no se permitió que los oferentes contaran con el término legal establecido por el legislador para el traslado del informe de evaluación a los oferentes, dice el reporte.

En la decisión de primera instancia, el Procurador Delegado para la Moralidad Pública, Fabio Yezid Castellanos Herrera, indicó que a partir de la valoración jurídica y probatoria está demostrado que los señores Jorge Eduardo Londoño Ulloa en su condición de Gobernador de Boyacá y Raúl Alberto Cely Alba, como Secretario de Hacienda, delegatario de la contratación, “transgredieron los principios de responsabilidad, transparencia y deber de selección objetiva, consagrados en el Estatuto de Contratación” precisó Pacocol.

El ex Gobernador incurrió en faltas gravísimas -informó el Ministerio Público- por omitir ejercer la vigilancia y tutela del desarrollo del proceso contractual y por no controlar en debida forma la función delegada, lo cual dio lugar a que se vulneraran los principios de transparencia y el deber de selección objetiva que rigen la contratación estatal, al permitir que se realizara, dentro de la audiencia de adjudicación de la convocatoria GB-037-06, una nueva evaluación y que se adjudicara conforme a ella sin dar lugar a que los proponentes conocieran esa situación.

El Órgano de Control explicó que las fechas citadas en el cronograma de la convocatoria surgieron de la ostensible vulneración de los términos señalados por la norma vigente y como tal aplicable a este proceso contractual, toda vez que el plazo obligatorio, de cinco días hábiles, establecido en el artículo 30 numeral 8 de la ley 80 de 1993, se redujo a un día.

El entonces Gobernador estuvo ajeno a su deber de velar por el debido cumplimiento de las funciones delegadas a su Secretario de Hacienda -estimó la Procuraduría- toda vez que debió advertir la violación flagrante de los principios de responsabilidad, transparencia y el deber de selección objetiva, inmersos en tal proceso.

Contra el fallo procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, reportó el sitio colombiano.



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La fuente original de este documento es:
Agencia Bolivariana de Noticias (ABN) (http://www.abn.info.ve)
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