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Nota de aporrea: Personas que aparecen como firmantes en este comunicado, han manifestado a Aporrea que no se les comunicó sobre el mismo y que sus nombres fueron colocados sin su autorización. Estas personas son Lic. Daisy Yesenia Mijares Ramos, C.I: 15.039.224 Yolybel Bastidas de Santiago, C.I. 14.594.597
Caracas, 27 de febrero de 2007 CIUDADANA DIPUTADA CILIA FLORES PRESIDENTA DE LA ASAMBLEA NACIONAL SU DESPACHO.- Nosotros Miembros Integrantes de la Primera Promoción de Licenciados Egresados de la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez, con el convenio de la Presidencia de la República en las Menciones Recursos Humanos, Organización y Sistemas y Recursos Materiales y Financieros, venezolanos, nos dirigimos a usted para expresarle nuestro rechazo y repudio a la Destitución del camarada WILLIAM DIAZ, Secretario General del Sindicato Bolivariano de Trabajadores de la Asamblea Nacional UNTRAELAN, y Miembro de la Primera Promoción que tiene el nombre de nuestro Presidente Hugo Rafael Chávez Frías, y vemos con mucha preocupación que se violenten los derechos de un trabajador en el seno del foro político por excelencia como lo es la Asamblea Nacional y donde nosotros como Administradores debemos garantizar por sobre todas las cosas el cumplimiento de la Ley, ya que el procedimiento abierto al Lic. William Díaz desde su inicio se encuentra viciado por cercenar y mancillar sus derechos por cuanto ostenta el Fuero Sindical, derecho este consagrado en nuestra Constitución. Ciudadana Diputada, repudiamos esos hechos porque atentan contra los derechos sindicales, personales, laborales del Camarada William Díaz, sabemos que desde la Asamblea Nacional ha luchado por muchos compatriotas que creen en las políticas sociales de nuestro Presidente HUGO CHAVEZ, conocemos de la lucha sindical que enfrentó por ante la Inspectoría del Trabajo y el Ministerio desde el seno de los Sindicatos Bolivarianos de la Asamblea Nacional y que ha servido sin limitaciones a este proceso bolivariano y revolucionario decimos esto, porque el no calló frente a la corrupción, al burocratismo, al clientelismo, denunciando hechos que hoy le están costando su cargo, los sindicatos son un órgano contralor nuestra carta magna recoge principios naturales, como lo son el derecho al trabajo, el derecho a sindicalizarnos, el derecho a obtener un debido proceso, el derecho a defendernos, el derecho a denunciar, y nosotros no podemos permitirnos equivocarnos, estamos comprometidos con este proceso y debemos ser infalibles en hacer cumplir la ley. El procedimiento administrativo destitutorio incoado en contra del Lic. William Díaz, se encuentra viciado ya que fue ordenado a aperturar por una funcionario público sin cumplir con los requisitos formales y materiales establecidos en la ley Orgánica de Procedimientos Administrativo y Ley de del Estatuto de la Función Pública , sin ninguna competencia formal ni material para ello, en consecuencia el acto formal de apertura del procedimiento administrativo destitutorio, debe ser declarado como nulo la apertura del procedimiento es írrito, no tiene ninguna eficacia jurídica, aunado que en el transcurso del procedimiento se violentaron sus derechos al debido proceso y a la defensa, ya que los funcionarios que sustanciaron y dictaminaron en el procedimiento fueron recusados por tener un interés y ser enemigos manifiesto, es público y notorio que actúan con temeridad, no son objetivos, ni imparciales, y así se evidencia en el expediente, pretendieron practicar la notificación en la persona de su progenitora ,coaccionándola y hostigándola para que firmara la notificación, llevaron la Guardia Nacional para practicar la notificación. Al igual que los testigos, los mismos quedaron contestes en cuanto a los hechos señalados en contra de William Díaz, evidenciando que los hechos señalados en el escrito de cargos son falsos de toda falsedad, no tienen fundamento jurídico, la Asamblea nacional no probó hecho alguno que relacionara a William Díaz con esos actos, y por si fuera poco no se valoró el fuero sindical desconociendo su condición de Secretario General del sindicato UNTRAELAN, en razón de que la Asamblea Nacional de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo y los Tratados Internacionales suscritos por Venezuela por ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT), debía solicitar la autorización por ante la Inspectoría del trabajo y obvió el procedimiento pertinente, menoscabando sus derechos sindicales. El fuero sindical nace desde el mismo momento en que la Inspectoría del trabajo aprueba los estatutos del sindicato y le otorga la correspondiente Boleta de Inscripción, así como la asamblea de trabajadores del sindicato UNTRAELAN, ratificó sus autoridades cuando fueron legítimamente convocados y se designó por mayoría que el Secretario General fuera William Díaz, por lo que no existe duda del fuero sindical, esas actas de asambleas están en la inspectoria del trabajo. Así mismo, no se le permitió el disfrute de sus vacaciones aun cuando es un derecho laboral el disfrute de las mismas, por lo que tuvo que interponer su solicitud de vacaciones por distintas dependencias ya que nadie quería reconocer su traslado, en el expediente no consta el traslado para el Parlamento Andino que firmó en aquel entonces el presidente de la Asamblea Nicolás Maduro, lo cual después de todo el ensañamiento, entendemos porque no consta en el expediente. No obstante, en el procedimiento administrativo se violaron lapsos procesales ya que los lapsos estuvieron al libre arbitrio y criterio de los funcionarios recusados, así las cosas el procedimiento caduco desde su inicio, en el supuesto negado de que no estuviera viciado por la incompetencia del funcionario que ordenó la apertura, ya que modificaron los lapsos, los días hábiles lo computaron continuos y los continuos los computaron hábiles por lo que el procedimiento administrativo no se ajustó a la Ley del Estatuto de la Función Pública. Además de que se le negaron pruebas fundamentales para su defensa se negaron la practica de pruebas que determinarían con claridad los verdaderos hechos que suscitaron el 19 de Julio de 2006, esas pruebas demostrarían como fue sacado violentamente del Palacio Legislativo por la Guardia Nacional y seguridad, la negativa a admitirla violó su derecho a la defensa y al debido proceso y así lo señalamos. Diputada Cilia , el expediente administrativo está viciado, primero porque fue aperturado por un funcionario que no tiene la competencia material ni cumplió con los requisitos formales de todo acto administrativo violando el articulo 18 y encuadrándose en las situaciones del articulo 19 de la Ley de Procedimiento Administrativo así como el articulo 89 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, segundo fue desproporcionado la apertura de un procedimiento destitutorio cuando lo que debió oportunamente formularse fue un procedimiento de amonestación verbal o amonestación escrita, en el supuesto negado de que esos hechos fueron reales y verdaderos, tercero se violentaron los derechos sindicales contemplados en nuestra constitución en su articulo 89 y 93 que señala como derecho social el derecho al trabajo y a la estabilidad, así como en la Ley del Trabajo al menoscabar los artículos 449 y 453 obviando la autorización de calificación de falta que debe otorgar la inspectoria del trabajo cuando el patrono, en este caso la Asamblea Nacional, pretenda despedir a un trabajador de goce de fuero sindical, cuarto se menoscabó su derecho a la defensa y al debido proceso contemplados en su articulo 49 de la Constitución y peor aun se violento su derecho a la salud, ya que este compatriota se encuentra en estado de reposo por tener una lesión en la columna vertebral, lo cual hace que el daño al Secretario General del Sindicato Bolivariano sea Triple, además de ser el sostén de hogar y un revolucionario a toda prueba. ¿Entonces no preguntamos quien es Cilia Flores para quitarle el sustento a una familia venezolana? ¿Será que los venezolanos que votamos por ella, lo hicimos para que en nombre de la revolución se cometan todos estos atropellos? Ciudadana Diputada, usted preside la Asamblea Nacional "casa donde nacen las leyes" y también preside la Comisión para la Reforma Constitucional, razones suficientes para hacer valer el estado de derecho, para hacer respetar las leyes, para cuidar que se respeten los derechos de todos los ciudadanos, usted debe velar por nosotros los que creemos en la justicia y sabemos que usted esta de este lado, es una contradicción que destituya a el camarada William Díaz, y mas la forma como se hizo pagando una pagina completa en el diario Ultimas Noticias del Primero de Febrero de 2007, en primer lugar se evidencio la desproporcionalidad y la mala intención con que se hizo ya que generalmente no se notifica a nadie en una pagina completa, en segundo lugar el presidente ha dicho en innumerables ocasiones que se debe hacer un uso racional de los recursos del estado y podemos observar en este caso como se malgasta el dinero sin un uso equitativo y demostrando ineficiencia administrativa. En consecuencia dicho acto esta alejado de la legalidad, ya que quedó demostrado que el acto es írrito no tiene validez jurídica, es por lo que esperamos que rectifique está decisión y restituya la legalidad, que sea usted quien ha dado un ejemplo de fidelidad a los pensamientos de nuestro presidente Hugo Chávez, la que ponga su aporte para seguir ofreciendo la representación que todos los venezolanos esperamos de usted. Ante los planteamientos antes señalados le solicitamos que en primer lugar usted como máxima autoridad restituya en su cargo al Lic. William Díaz y se le repongan todos sus derechos constitucionales que le han sido violentados y en segundo lugar le instamos a que revise el expediente con un grupo de profesionales del derecho y ponemos a su disposición los 112 Licenciados de Administración egresados de esta Primera Promoción Hugo Rafael Chávez Frías, para evaluar todo el procedimiento, recuerde usted que la Administración Pública puede revisar y revocar sus propios actos y en tercer lugar se revise a todas las personas y funcionarios que instruyeron el expediente y que viciaron y violaron todos los derechos del Lic. William Díaz, y se les castigue por sus responsabilidades administrativas en caso de tenerlas. Y en cuarto lugar acatar la decisión de Reenganche y pago de Salarios Caídos a la Lic. Anggy Soto, decisión que la Asamblea Nacional en la figura del ciudadano Manuel Galindo Ballestero (Consultor Jurídico) se niega a cumplir violentando los derechos constitucionales de los trabajadores y más cuando esta trabajadora se encuentra embarazada y es cuando el estado debe protegerla a ella y a su criatura que se esta formando en su vientre. Estamos seguros que usted sabrá rectificar los errores que se hayan podido cometer y restituirá los derechos violados en función de dar cumplimento a nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, para así contribuir a la construcción del Socialismo del Siglo XXI garantizando la participación, igualdad, la equidad y sobre todo la justicia. Atentamente. Por el Comité de Graduados Lic. Marvelia Castillo Despacho de la Presidencia Lic. Márquez Flores Instituto Venezolano de los Seguros Sociales 1 3.484.884 HUMBERTO ANTONIO ACEVEDO OLIVEROS RRHH 2 12.952.226 WILMER BLADIMIR ACOSTA PIÑERO RRHH 3 10.625.980 LISBETH ACOSTA RAMOS RRHH 4 10.337.657 BÉLGICA ALCALA TORRES RRHH 5 11.943.635 MARVELIA DE JESUS CASTILLO JIMENEZ RRHH 6 10.465.889 YSRAEL ANTONIO COLÓN BRUZUAL RRHH 7 11.157.501 ELIZABETH DELGADO CASTRO RRHH 8 10.503.043 MAYERLING DÍAZ HERNÁNDEZ RRHH 9 10.787.072 WILLIAM RAFAEL DÍAZ REBOLLEDO RRHH 10 13.172.872 NERIO JOEL ESCALANTE PÉREZ RRHH 11 6.940.242 ALISON CARLOTA ESCALONA RRHH 12 10.674.600 YUBEXSY DE LOS ANGELES GALINDO ALAYON RRHH 13 9.955.305 ELIDA ROSA GALVIZ MANRIQUEZ RRHH 14 6.854.601 NANCY HERNÁNDEZ BLANCO RRHH 15 15.615.831 MARIANGY SARAIT LEON PADRON RRHH 16 14.491.194 EYLEEN CAROLINA LUGO MACHADO RRHH 17 5.566.908 RAFAEL ANGEL MÁRQUEZ FLORES RRHH 18 6.373.072 SANDRA ELIZABETH MEDINA DE MARTÍNEZ RRHH 19 8.233.515 MARLÓN RAFAEL MEDINA GUZMÁN RRHH 20 13.531.829 MANGELA MARÍA MÉNDEZ MÉNDEZ RRHH 21 13.662.434 IREMIG THUSNELDA MORETT YUSTIZ RRHH 22 6.941.449 YAJAIRA DEL CARMEN NUÑEZ CAMACARO RRHH 23 11.603.610 CECMAR LEONIDAS PATIÑO RAMIREZ RRHH 24 12.785.175 EGLEÉ IRLANDA PÉREZ HERNÁNDEZ RRHH 25 6.840.951 ANGELA JOSEFINA PONCE MUÑOZ RRHH 26 10.354.284 DIXON DANIEL QUESADA CALDERIN RRHH 27 9.962.239 ENZO IVAN RAMÍREZ SOSA RRHH 28 3.977.971 ALEJANDRO DE LA CRUZ ROSALES PUNCEL RRHH 29 6.933.984 IRMA TEODARDA RUIZ ESPINOZA RRHH 30 10.480.590 JOSÉ ENRIQUE SCOTT RRHH 31 14.609.479 ANGGY LISETH SOTO GUERRERO RRHH 32 4.680.515 OLGA MARGARITA TORREALBA MARTÍNEZ RRHH 33 13.380.776 ERIKA YOSSLIK URIEPERO GARCÍA RRHH 34 4.266.628 ALEIDA JOSEFINA ZAMBRANO RRHH 35 11.668.264 MARY OLGA MANRIQUE RUIZ Informática 36 14.049.767 BELKIS LEOVIGILDA MONTAÑA GUDIÑO Informática 37 9.884.254 EDDY RAMÓN ALFONZO PÉREZ Informática 38 11.500.815 PABLO ALEXANDER ARIAS SABALA Informática 39 13.162.253 EMILSE YURIBETH ARRIOJAS ESPARRAGOZA Informática 40 14.594.597 YOLYBEL BASTIDAS DE SANTIAGO Informática 41 8.507.100 JESÚS DANIEL BENAVIDES MADURO Informática 42 6.343.772 MAURO ENRIQUE BRACHO MUÑOZ Informática 43 12.161.717 LUIS RAFAEL CASTRO ROCCA Informática 44 5.534.605 ALCIDES JOSÉ DÍAZ Informática 45 11.131.323 WILLIAMS JOSÉ DURÁN Informática 46 6.169.406 BELKYS MARGARITA ESCALANTE MELO Informática 47 10.794.592 JESSICA FRANCISCO ALVAREZ Informática 48 11.304.775 NORMA ISABEL FRÍAS PÉREZ Informática 49 9.666.670 GILMER ENGERBETH GIL MIRANDA Informática 50 12.419.005 FRANCISCO JAVIER GONZÁLEZ LÓPEZ Informática 51 14.081.120 PEDRO RAFAEL GONZÁLEZ LUGO Informática 52 15.930.302 ANGGY LUCIANA GONZÁLEZ MANTÍNEZ Informática 53 10.901.216 MARCOS TULIO GUILLÉN CEBALLOS Informática 54 10.570.380 CÉSAR JOSÉ LEAL PERDOMO Informática 55 6.852.614 JOSÉ GREGORIO LÓPEZ SANZ Informática 56 10.256.476 AURA ROSA LUZARDO ANDRADE Informática 57 10.199.481 MARÍA MAGDALENA MATA GUEVARA Informática 58 15.039.224 DAISY YESENIA MIJARES RAMOS Informática 59 10.454.695 ALEXANDER SAMUEL MONCADA SEMPRÚN Informática 60 15.205.630 JAILOR RAFAEL OROPEZA CORREA Informática 61 7.294.431 FRANKLIN CORNELIO PÉREZ COLINA Informática 62 6.731.001 JEFFERSSON JOSE RAMÍREZ TORREALBA Informática 63 13.139.192 JESÚS GREGORIO RIVAS GUEVARA Informática 64 10.091.962 RAIMUNDO JOSÉ RODRÍGUEZ SILVA Informática 65 7.944.087 CARMEN ELENA SÁNCHEZ BRITO Informática 66 10.795.899 ORLANDO JESÚS SÁNCHEZ FERMÍN Informática 67 11.198.390 ELIEZER YORACO SCARANO MUJICA Informática 68 14.990.030 JOSÉ MANUEL TOMOCHE ARIAS Informática 69 15.021.044 SCARLET YANETTY VALDERRAMA Informática 70 10.549.409 ALY ALAYA VARGAS RANGEL Informática 71 6.430.800 FERNANDO JOSÉ ZAMORA HENRIQUEZ Informática 72 14.072.082 MARITZA DEL ROSARIO ABRANTES SÁNCHEZ O y S 73 13.070.599 ASTRID JOSMARIE ALBUJAS O y S 74 8.624.000 LEISCEGTER ANDRÉS ARMADO O y S 75 10.544.294 CARLOS GREGORIO CHACÓN O y S 76 12.623.318 FILOMENA KRISHNA CICERO AZACÓN O y S 77 11.988.720 MIREYANGEL MARYELIN DOMINGUEZ SANCHEZ O y S 78 10.505.484 EGDA ADRIANA GOA ARIAS O y S 79 10.780.179 GIOVANNI ENRIQUE HERNÁNDEZ ALAYÓN O y S 80 6.314.332 REBECA KARINA MARTÍN PÉREZ O y S 81 6.314.993 IVELIZ TERESA RODRÍGUEZ GALINDO O y S 82 9.896.392 EDGAR ANTONIO SALAZAR FLORES O y S 83 6.670.834 SANDY JAVIER URIBE PEÑA O y S 84 12.417.784 JOSÉ RAFAEL UZCÁTEGUI GALINDEZ O y S 85 12.515.266 LUIS ALEXANDER VILLARROEL RODRÍGUEZ LUIS ALEXANDER O y S 86 14.407.555 MILSIS YAIRETT ARRIOJAS ESPARRAGAZA RMF 87 6.792.780 MIGUEL ANGEL BLANCO CASTILLO RMF 88 10.631.659 ALBA MARINA CABRERA NAVARRO RMF 89 9.004.166 ORLANDO JOSÉ CASTELLANO GRATEROL RMF 90 8.732.148 JOSÉ LUIS CLAVO DÍAZ RMF 91 10.119.054 CALA BEATRIZ DÍAZ MARTÍNEZ RMF 92 12.485.720 EGLEÉ CECILIA FERNÁNDEZ GONZÁLEZ RMF 93 4.795.028 GERMAN JAVIER GARCÍA THOMPSON RMF 94 9.961.853 ELVIS JAVIER HERRERA RMF 95 11.166.655 ALVIS LENIN LA ROSA CONTRERAS RMF 96 10.383.427 JOSÉ LUIS LECUNA BELLO RMF 97 9.260.042 OLEISA DEL VALLE MELÉNDEZ DE RODRÍGUEZ RMF 98 7.997.588 YURI JESÚS NARVÁEZ GONZÁLEZ RMF 99 14.072.772 YORLYMAR CECILIA NARS JAIME RMF 100 11.481.472 DAVID ALEXANDER ORTEGA MONZÓN RMF 101 13.943.457 KIGSY LUBERLY PÉREZ BORGES RMF 102 9.577.201 ANGELVIS ANTONIO PÉREZ RODRÍGUEZ RMF 103 6.733.005 ANA MARÍA PONCE MUÑOZ RMF 104 5.973.902 FREDDY CLARET REBOLLEDO MARCHAN RMF 105 4.348.274 NANCY CATALINA RODRÍGUEZ ACOSTA RMF 106 9.993.881 ELSA MERCEDES RODRÍGUEZ MARTÍNEZ RMF 107 12.067.950 YURINEL JOSÉ ROJAS CEDEÑO RMF 108 12.258.375 LICETT CAROLINA SENA FERNANDEZ RMF 109 8.995.890 DISAURA ROSA TIAPA RMF 110 14.363.875 YENITZA DEL CARMEN TORREALBA CASTRO RMF 111 10.263.313 ROSANGEL NATALIA TORRES URIBE RMF 112 10.757.207 ENDER JULIO ZERPA CLAVO RMF LA REVOLUCION SE HACE CONSTRUYENDO PATRIA Y LA PATRIA SE HACE RESPETANDO LAS LEYES. PATRIA SOCIALISMO O MUERTE. prensaunt@gmail.com Noticia leida aproximadamente 4919 veces. Contador actualizado cada 3 minutos |