Emergencia Contractual N°2

Wills Rangel y la Convención Colectiva Petrolera 2015-2017

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El 29 de agosto publicamos en aporrea.org una nota de prensa con el siguiente título:

"El Derecho al Contrato Colectivo Petrolero 2015-2017, antes de las Elecciones del 6-D, es irrenunciable"

En esa misma nota incluimos el primer número de Emergencia Contractual  y planteamos una serie de propuestas en la búsqueda de viabilizar, a favor de las familias de la industria petrolera, la concreción de la discusión de la Convención Colectiva 2015-2017 antes de las Elecciones del próximo 6-D. 

Consideramos, así mismo, que se trata de una exigencia inobjetable debido a la crisis económica, pero también de condiciones laborales, ya inaceptables y que hacen impostergable la urgente preocupación de todos por la Nueva Contratación Colectiva: un derecho constitucional, que está por encima de la irresponsabilidad del Comité Ejecutivo de la FUTPV, porque constituye un derecho irrenunciable a conquistar en los lapsos previstos en la ley y que ampara legalmente al verdadero sector productivo que mueve y garantiza el sostenimiento de la industria petrolera.

Somos y estamos conscientes que todos los trabajadores petroleros constituimos el primer bastión de la clase obrera venezolana y lo demostramos junto a la disposición de cambio de nuestro Pueblo Bolivariano, en los meses del 2002 y 2003, cuando el imperio y sus lacayos pretendieron cerrar el proceso revolucionario para volver a la Política Privatizadora de PDVSA: la Industria Pública más codiciada en el mundo por los sectores financieros y empresariales del capital internacional.  Esto último lo decimos porque la defensa de nuestros legítimos derechos contractuales, como clase trabajadora, están estrechamente unidos a la Defensa de PDVSA y del Patrimonio Público de la Venezuela del presente y futuro de todos los venezolanos: sin nosotros y toda la clase obrera del país y nuestramericana, se pierde la V República y la posibilidad de la II Independencia de la Patria Grande que dejó delineada nuestro Libertador y Chávez, su más destacado seguidor.

Wills Rangel y la Convención Colectiva Petrolera

En el sitio oficial de la Federación aparece una reseña de una asamblea realizada la semana pasada en la Faja Petrolífera del Orinoco Hugo Chávez - División Carabobo y titulada:

Wills Rangel. Garantizada la discusión del Contrato Colectivo Petrolero y donde se recoge la siguiente declaración sobre este punto:

“De igual manera manifestó la garantía de la discusión de contrato colectivo en la fecha de su vencimiento y que ya se están tomando las últimas consideraciones de la masa laboral para introducir ante el ministerio el ante proyecto que lleva entre los benéficos salariales algunos logros para el fortalecimiento de las familias de los trabajadores, por mencionar un ejemplo de ello la entrega de útiles y uniformes escolares a los hijos de los trabajadores, así como el acceso de mi casa bien equipada.”

En principio inferimos que en esta asamblea, los trabajadores no podían desaprovechar la oportunidad de reclamarle a Wills Rangel (WR) sobre la discusión de la Nueva Convención Colectiva.  Y esto es así, porque no hay una sola Comunicación Oficial del  Comité Ejecutivo de la FUTPV sobre este urgentísimo tema.

Y la desinformación e improvisación es de tal magnitud, que WR no le quedaba otra que decir: ¡lo que querían escuchar los trabajadores!  Y por supuesto, nosotros desde Emergencia Sindical también queríamos escuchar eso: ¿Quién se puede oponer a que se discuta a partir del 1° de Octubre la Convención Colectiva 2015-2017?  Y menos nosotros, que aspiramos que sea antes del 6-D que se salde esta cuenta de honor con sus beneficiarios.

Pero… siempre los peros… o mejor dicho: la dialéctica de los “peros” que hacen parte del debate en las bases y que aspiramos que por la vía del protagonismo de esas mismas bases contribuyan a ordenar las victorias.

Veamos solo dos “Peros”:

Primer Pero: Si hay “consideraciones” (creemos que se refiere a “propuestas de cláusulas”)  “de la masa laboral” por qué no se sistematizan y se presentan en su totalidad como el ANTEPROYECTO de Contrato Colectivo para el debate y aprobación de todos los trabajadores y trabajadoras de la industria petrolera.  Acaso ese Anteproyecto debatido y aprobado por la “masa laboral” no se convierte en el PROYECTO de CONTRATO que hay que introducir en el Ministerio del Trabajo.

Segundo Pero: Cómo va hacer WR para subsanar la Moratoria Electoral sin la participación de la “masa laboral”  y que es la única que puede garantizar  la cualidad jurídica, o mejor dicho la legitimidad de la Comisión Negociadora, para iniciar a partir del 1° de Octubre la formalización de la discusión contractual.

Por supuesto y a pesar de los “peros”, rescatamos la decisión de WR de iniciar la discusión de la Convención Colectiva para el 1° de Octubre, aunque no sabemos si es producto de una decisión del Comité Ejecutivo de la FUTPV.  Sea como sea, tanto WR como el Comité Ejecutivo de la FUTPV están vencidos en sus funciones y lo que sí se impone, en este momento de Emergencia Contractual, es una reunión de ellos con todas las representaciones de los Sindicatos de Base para coherentizar un Plan y Cronograma que garantice la discusión del nuevo Contrato Colectivo como dijo WR: “en la fecha de su vencimiento” (1° de Octubre).

¡Hacia un Plan de Emergencia Contractual que brote de las Bases y que garantice la conquista de una Nueva Convención Colectiva antes del 6 de Diciembre!

¡Por la conformación de cientos de Comités de Emergencia Contractual que garanticen la Ejecución del Plan de Emergencia Contractual en toda la industria petrolera!

¡Hacia un Cronograma de Emergencia Contractual (Septiembre, Octubre y Noviembre) que contemple:

  1. Fecha Inmediata de Elecciones del Nuevo Comité Ejecutivo de la FUTPV.
  1. Fecha Inmediata de presentación, por parte de la FUTPV, del Anteproyecto de Convención Colectiva 2015-2017 para ser debatido, modificado, mejorado y aprobado por las bases de los trabajadores y ser convertido en Proyecto.
  1. Fecha mediata de introducción del Proyecto de Convención Colectiva 2015- 2017
  1. Conformación de un Consejo Consultivo para el seguimiento de la Discusión de la Convención Colectiva, constituido por delegados de cada una de las áreas de la empresa y elegidos por la base.


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ASINSUOPET

Asoc. de Supervisores y Operadores Petroleros

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