Denuncia: Cadivi discrimina a estudiantes menores de edad

Denuncia: Cadivi discrimina a Estudiantes Menores de edad.
La presente denuncia tiene como objetivo resolver la situación planteada y en ningún momento desprestigiar a las instituciones del gobierno nacional. Nos interesa principalmente abordar una injusticia que se viene cometiendo con los Estudiantes Menores de edad que por diversas razones están en el exterior realizando estudios. La providencia Nº 055 de CADIVI “MEDIANTE LA CUAL SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS, CONTROLES Y TRÁMITE PARA LA ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS DESTINADAS AL PAGO DE GASTOS A CURSANTES DE ACTIVIDADES ACADÉMICAS EN EL EXTERIOR” establece las condiciones para el otorgamiento de dichas divisas. En su artículo 1 señala que “La presente Providencia regula la administración y obtención de divisas destinadas al pago de los gastos de manutención, matrícula y seguro médico a estudiantes de nacionalidad venezolana que realicen en el exterior actividades académicas de educación básica…” en ningún caso se menciona alguna condición para no tener derecho a recibir las divisas. En ninguno de los artículos posteriores se discrimina a determinado estudiante por su condición de MENOR DE EDAD o cualquiera otra.

Tal es el caso que el 24 de octubre de 2008 realizo la solicitud de divisas para mis dos hijos, los cuales se encuentran en el exterior realizando estudios de “educación básica”, tal como lo establece la providencia se supone que un estudiante de educación básica, por lo general, es un menor de edad. La primera sorpresa me es enviada por correo el 13 de noviembre de 2008, a través de un correo donde me informan que la solicitud “ha sido suspendida por no cumplir con lo establecido en las respectivas providencias”, he leído una y otra vez y no encuentro que es lo que no se cumple???, además me solicitan una larga lista de documentos adicionales, los cuales entrego finalmente antes de los “15 días” que me dan como plazo para no eliminar mi solicitud. Después de una larga espera de casi dos meses, el 27 de enero de 2009 me informan nuevamente que mi solicitud “ha sido suspendida por no cumplir con lo establecido en las respectivas providencias”, dos meses después y de nuevo no se cumplen las providencias, ¿pero no me señalan que es lo que no cumplo?, nuevamente me piden otros documentos, más larga que la anterior. Nuevamente entrego la larga lista de documentos solicitados antes de los “15 días” que me dan como plazo “De conformidad con el artículo número 50 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, le informamos que dentro de quince (15) días hábiles bancarios siguientes a esta notificación y con el fin de proseguir con los trámites relacionados con su solicitud”. Mi pregunta es, si ellos me dan 15 días para responder, porque ellos se tardan 2 meses en responderme, es que acaso la ley es solo para mí?. Pero eso no es lo peor, sino que un mes y pico después, el 30 de marzo de 2009, recibo el correo donde me informa que mi solicitud ha sido "Negada por el Coordinador de Estudiantes", debido a que “… a la madre del estudiante se le aprobó, para su grupo familiar…” y se confirma de la siguiente manera “Se aprobaron como casada o hijos dependientes que viajan con el estudiante”.

Quisiera preguntarle al señor Presidente de Cadivi, donde está establecido esto en la providencia antes mencionada, si yo sé leer bien, en ninguna parte. Por esta razón considero una discriminación para los estudiantes menores de edad. Señor Barroso, donde se establece esta discriminación? ¿Cual es la discrecionalidad de los funcionarios de cadivi con respecto a esta providencia? ¿Por qué después de 5 largos meses de espera se decide esta arbitrariedad? ¿Por qué después de haber entregado toda la documentación solicitada se decide de manera negativa? ¿Es que acaso se juega al abandono por parte de los solicitantes?

En mi caso no pueden alegar ningún incumplimiento, entregue todo lo que me solicitaron, en el plazo previsto, toda la documentación estaba en regla, entonces, ¿Por qué es negada?
Ahora viene lo bueno, con fecha 06 de noviembre de 2009, recibo una carta del Presidente de Cadivi Manuel A. Barroso Alberto, donde me informa la siguiente decisión: “DECLARAR la perención del procedimiento administrativo correspondiente a la Solicitud de Autorización de Adquisición de Divisas y en consecuencia dar por terminados los mismos. “. Que burla señor Barroso, un año y un mes después de mi solicitud usted me informa que la misma ha perecido.
En virtud de todo lo anterior, y confiando en las instituciones Venezolanas, este año realice de nuevo la solicitud, teniendo en cuenta que la madre realizaría su solicitud de manera individual y no por grupo familiar, tal como fue explicado en la “Excusa” que nos dio Cadivi.

Las nuevas solicitudes fueron hechas en octubre del 2009, y nuevamente me fueron solicitados una serie de papeles, dichos papeles fueron entregados en 22 de octubre del 2009 en la entidad bancaria, pero hasta la fecha 11 de diciembre de 2009 no he recibido ninguna respuesta, me temo que dichas solicitudes seguirán el mismo camino que las anteriores. He intentado comunicarme por todas las vías posibles, teléfonos correos electrónicos, sin recibir ninguna respuesta. Le exijo siga los lineamientos del señor Presidente de la República Bolivariana de Venezuela Hugo Rafael Chávez Frías, en el sentido de dar las respuestas adecuadas en el tiempo adecuado.

¿Así se demuestra la eficiencia de un organismo del estado Venezolano? ¿Así se discrimina a los estudiantes menores de edad? ¿Es necesario esperar tanto tiempo para recibir una respuesta sobre un caso que ha cumplido todos los requerimientos en exceso?

Señor Barroso tiene usted la palabra.

jrojas171@gmail.com


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