¿La UNERMB conoce las leyes?

La ley de universidades (1970) expresa que se entra a trabajar como docente por concursos en la universidad. Sin embargo la Universidad Nacional Experimental Rafael María Baralt (UNERMB), acepto que sus docentes trabajaran sin concursar violentando su reglamento interno el cual declara que luego de dos años de ejercicio la universidad debe realizar concurso a sus docentes. A pesar de ello la UNERMB recibe 889 profesores contratados que tienen 2, 5, 7, 10 y 25 años de servicio ininterrumpido, la universidad debe regularizar esta situación. El cargo del docente ya le pertenece se lo ha ganado por años de servicio de manera que el concurso seria aprobatorio y no de oposición porque absurdo sería poner a competir al profesor de la UNERMB con un externo que no posee las particularidades y la praxis que exige dicha universidad. Podemos citar el caso de los profesores de la Universidad Bolivariana de Venezuela que en el 2008-2009 fueron llamados a concurso para regularizar su situación a través de un concurso aprobatorio. A pesar de que algunos docentes salieron aplazados la universidad considero que legalmente no podía prescindir de éstos, se les exigió que presentaran ensayos críticos pruebas escritas para subsanar las debilidades que tenían para luego realizar de nuevo sus concursos con jurados de LUZ. Cuatro años después tanto El Instituto Universitario de Tecnología de Cabimas (IUTC) como el de Maracaibo entraron en el mismo proceso de regularización o normalización de sus docentes a través de la elaboración de ensayos críticos y propuestas pedagógicas sometidas a evaluación por parte de jurados seleccionados de otras universidades. Muchos de los docentes de éstos tecnológicos tenían hasta 30 años de contratados otros murieron esperando el concurso. Esta modalidad de regularización no se realizó bajo la forma de concurso fue más sencilla.

Hay que definir que es un profesor universitario éste de acuerdo al estado burgués es preparado como un funcionario especial de carrera que forma parte de la burocracia estatal, le da la categoría de ordinario que está regido por la ley de universidades y no por la del trabajo; cuestión que podría calificarse de absurdo ya que la carta fundamental que rige el proceso social del trabajo es la Constitución Nacional y la carta especifica en materia laboral es la Ley Orgánica de las y los trabajadores. Le sigue en orden de especificidad la ley de Universidades, por otro lado la LOPSYMAR (que rige el sano ambiente laboral), continúa la Contratación Colectiva del proceso social del trabajo donde se califica al docente como trabajador universitario finaliza con el reglamento interno de la universidad. En atención a lo anterior vemos entonces las cinco leyes que acompañan el proceso social del trabajo.

Existen en materia laboral principios que interpretan y rigen el trabajo como hecho social tales son: "la realidad prevalece sobre las formas", …"en la interpretación de una determinada norma se aplicará la más favorable al trabajador o trabajadora". El primero descifraría una realidad laboral que viven los docentes contratados de la UNERMB y es aquella que define si éste está o no bajo tercerización. Los docentes contratados no gozamos de los mismos beneficios que los Fijos de allí que en el artículo 48 que prohíbe la tercerización, no permitirá: numeral 1° La contratación de entidad de trabajo para ejecutar obras, servicios o actividades que sean de carácter permanente dentro de las instalaciones de manera directa con el proceso productivo de la contratante y sin cuya ejecución se afectarían o interrumpirían las operaciones de la misma. Qué pasaría si los 889 profesores contratados de la UNERMB pararan su prestación de servicio?. Numeral 4° Los contratos o convenios fraudulentos destinados a simular la relación laboral, mediante la utilización de formas jurídicas propias del derecho civil o mercantil. Las autoridades anteriores crearon unas figuras laborales como; contrato indeterminado con 22 horas de clases. Esta contratación recrea una precarización del trabajo similar a una maquila académica. El hecho mismo de impedir los ascensos de los docentes por estar contratados indefinidamente.

Mi condición de comunista me aleja de la idea de una espera milagrosa porque solo creo en verdades científicas sin embargo apelo a la sensatez y la racionalidad de las nuevas autoridades para enfrentar y resolver de una vez por todas esta terrible y denigrante situación laboral de los docentes contratados de la UNERMB, si no lo hacen ¡LA HISTORIA LOS CONDENARA!


marcal1959@gmail.com



 



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Martha Calderon

Socióloga. Docente Universitaria. Magister en Docencia Universitaria Dra en Educación. Marxista Leninista. Investigadora Social

 marcal1959@gmail.com

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