Proceso Constituyente para la aprobación de del Reglamento de Universidad Campesina

"Un difícil ejercicio; el de interpretación, el cual es producto de  la suma de muchos elementos creadores... De la época, estética, pensamiento, filosófico, las características sociales, la geografía, el territorio, la economía, la revolución, la historia, la antropología en fin un ejercicio de síntesis histórica" (Isabel Palacios).

Una de las grandes preguntas en la vida de los hombres y las instituciones creadas por éstos, es ¿por qué las cosas no pueden hacerse? Es decir, ¿quién estableció lo existente como algo acabado y permanente? De la repuesta que demos a esta interrogante, obtendremos las limitaciones o las posibilidades de realización que puedan tener las cosas que nos planteemos.

¿Es posible llevar a cabo un Proceso Constituyente Universitario de Educación Campesina en la novísima Universidad Campesina de Venezuela “Argimiro Gabaldón” (UCVAG), a fin de elaborar el reglamento que regirá la vida de esta universidad, convocando para ello a las aulas campesinas, las comunas agrarias, los estudiantes y maestros campesinos, profesores y otras instituciones que tengan relación con la vida campesina?

Si hay una cuestión que tiene pendiente el nuevo tiempo que vive el mundo y en especial América Latina, es escuchar las propuestas de las comunidades universitarias, las cuales (según lo expresado por algunos de sus dirigentes visibles, estudiantiles y profesores), han sido con sus escasas excepciones, muy pobres en relación a los sucesos que afectan a nuestras sociedades y a su puesta en sintonía con las nuevas expectativas que plantean los pueblos.

Pareciera que el llamado claustro universitario no sólo se ha cerrado más en sí mismo, sino que además, las universidades actuales se parecen a un sindicato que defiende los privilegios de las clases que se han apoderado de éstas, y poco responden al llamado espíritu universitario que vitaliza la existencia universitaria misma, en su ejercicio imaginativo, progresista y creador al lado del pueblo y sus luchas.

La discusión luce interesante en todos los ámbitos: el político, académico, histórico social y científico; en definitiva, todos los aspectos que implican el debate de las ideas para transformar la realidad.

Desde la UCVAG, queremos iniciar la discusión sobre la transformación del modelo universitario, pues pensamos que las universidades deben estar acompañando a los pueblos en su nobles causas por la emancipación, por eso no dudamos en declarar desde el mismo momento de la conformación de la Universidad Campesina, un hermoso proceso constituyente que partiendo de la misma, permita discutir la transformación universitaria en nuestro país.

En relación al asunto en cuestión, nos atrevemos a plantear al país un papel de trabajo cuyos objetivos estamos definiendo, así se pueden considerar los siguientes temas:

El Consejo Directivo Provisional: en uso de las atribuciones contenidas en la resolución Nº 249, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.558 de fecha 09 de diciembre de 2014, resuelve declarar un Proceso Constituyente Universitario cuyas Bases Legales están establecidas en las siguientes premisas:

Para impulsar de acuerdo al carácter protagónico, democrático y participativo contenido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), y específicamente en sus artículos 5 y 70, en las Leyes Orgánicas del Poder Popular y en el aspecto Nº 4 de la  Resolución Ministerial  Nº 249, y en el marco del proceso constituyente permanente anunciado por el Presidente de la República Nicolás Maduro, un PROCESO  DE CONSULTA CONSTITUYENTE, que involucre a los y las  participantes de las Aulas Integrales Campesinas, organizaciones sociales campesinas, Consejos Comunales, Comunas, personalidades e instituciones identificadas con la construcción del modelo educativo emancipador para el campo venezolano y que derive en la construcción colectiva de la propuesta de Reglamento de Organización y Funcionamiento y el Modelo de Gestión de la Universidad Campesina de Venezuela “Argimiro Gabaldón”, la cual será presentada para su definitiva aprobación ante el Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología. Se acuerda:

1) Abrir un amplio debate de participación popular y protagónica sobre la conformación de los documentos y demás elementos que regirán la vida orgánica de la Universidad Campesina de Venezuela “Argimiro Gabaldón”. El proceso de participación se fundamenta en los Artículos 5 y 70 de la CRBV, en los que se activan los mecanismos constituyentes en el seno pueblo.

2) Es un proceso constituyente que tiene por finalidad, construir el reglamento y el modelo de gestión que regirá la vida de la Universidad Campesina de Venezuela “Argimiro Gabaldón”, y procurará impulsar los cambios que requiere la educación universitaria venezolana, para adaptarse a los nuevos tiempos que vive la República luego de la aprobación de la Constitución República Bolivariana de Venezuela y la nueva Ley Orgánica de Educación (LOE).

3) El proceso se inicia con la instauración del Consejo Provisional, el cual fijará las formas y modos de participación de los campesinos en el Proceso Constituyente de Educación Campesina, previsto en Artículo 29 de la LOE y en el decreto de creación de  la UCVAG.

4) El Consejo Directivo Provisional de la UCVAG fijará los mecanismos que garanticen la participación democrática de las aulas campesinas y  demás formas organizativas de los campesinos, así como el resto de la comunidad en el Proceso de Consulta Constituyente.

5) El Proceso Constituyente tendrá como plazo para la consulta, debates y aportes al reglamento, el lapso establecido por el equipo de las autoridades provisionales.

6) Los resultados de la consulta constituyente serán aprobados por el Consejo del Poder Popular Campesino, el cual se conformará  previa convocatoria del Consejo Directivo Provisional.

7) El resultado del proceso Constituyente Universitario de Educación Campesina será sometido a aprobación y elevado a la instancia encargada de instrumentarlo.

8) El proceso de consulta para la instalación del Proceso de Constitución del Poder Popular Constituyente de Educación Campesina, será declarado por el Consejo Provisional mediante resolución que será aprobada por el mismo consejo.

9) La consulta será extensiva a todos los niveles de la sociedad venezolana.

Todo ello puede realizarse invocando al poder constituyente del pueblo venezolano y a su soberanía, la cual es y debe ser intransferible y la debe ejercer para asuntos vitales como el educativo.



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Arnaldo Guédez


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