Elecciones en la Universidad Nacional Abierta: ¿votar para no elegir?

“… Si a un histrión que representara en escena su papel se le ocurriera quitarse la máscara y mostrar a los espectadores su natural y verdadero rostro, ¿no trastornaría toda la comedia y se haría digno de que el público le echara a pedradas del teatro como a un loco?...”
Erasmo de Rotterdam
Elogio de la locura


En la novela titulada “La Jornada de un Interventor electoral” (Editorial Bruguera, 1981) Italo Calvino, diserta acerca del dilema moral que representa la utilización de moribundos y otros impedidos, para fines electorales. Se preguntaba no sin razón hasta donde esta conducta estaba reñida con el hacer ético, porque si bien era cierto que como ciudadanos tenían el derecho a ejercer el voto, su condición de enfermedad le limitaba este ejercicio. Si Calvino pudiera asomarse a la Venezuela actual, el argumento de su novela se desvanecería ante la posibilidad de escribir un texto donde el derecho a votar en una universidad, se transformara en la incapacidad de elegir ¿qué no? Veremos por que sí.

En el ya famoso artículo 34 literal 3 de la Ley Orgánica de Educación, LOE se establece lo siguiente: “Elegir y nombrar sus autoridades con base en la democracia participativa, protagónica y de mandato revocable, para el ejercicio pleno y en igualdad de condiciones de los derechos políticos de los y las integrantes de la comunidad universitaria, profesores, profesoras, estudiantes, personal administrativo, personal obrero y, los egresados y egresadas de acuerdo al Reglamento…” de lo que pudiera deducirse que el voto paritario o uno a uno, salvo mejor opinión de la Sala Electoral del TSJ, sería en las elecciones universitarias y en caso de concretarse estas en la Universidad Nacional Abierta el venidero 31 de octubre, una realidad. Veámoslo en números.

En la UNA, somos aproximadamente 1800 académicos, 1600 administrativos y 400 miembros de la plantilla de personal de servicio, mientras que los estudiantes son alrededor de 47.000 y los egresados más de 50.000. Si las elecciones se efectuaran con el voto uno a uno, como lo dice el citado artículo de la LOE (la cual establece, quienes participan, pero no reglamenta las formas de participación) se convertiría las elecciones de la Universidad Nacional abierta, en unas elecciones estudiantiles y de egresados, por ser ellos (aunque históricamente participe el 26% de estudiantes y 8-10% de los egresados) el de mayor número en el registro electoral. En esta circunstancia ¿valdría la pena votar para no elegir?, ¿cuánto de valor porcentual tendría el voto de un administrativo, un personal de servicio o incluso un académico, frente al número de estudiantes y egresados con derecho a ejercer el voto?, ¿es esto lo llamado paritario?

El gobierno nacional debería necesariamente establecer un criterio -mediante la promulgación de la Ley del Subsistema de Educación Universitaria- que incluya elementos como “la igualdad con diferenciación” como lo señala la Jurisprudencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en la sentencia N° 898 del 13 de Mayo de 2.002, caso contrario, se estaría cohonestando un hecho que atenta contra la libertad y la real posibilidad de elegir en igualdad de condiciones, como lo establece la constitución nacional.

La ley de universidades (vigente o no) contempla un criterio ortodoxo para la participación estudiantil (el mismo que está establecido en el artículo 70 parágrafo primero del Reglamento de Elecciones Universitarias de la Universidad Nacional Abierta) que señala lo siguiente: “la participación estudiantil será ponderada mediante una base establecida de la siguiente manera: se divide el número total de alumnos del registro electoral estudiantil entre el 25% del registro electoral profesoral. La base así obtenida representa el número de votos estudiantiles equivalentes a un voto profesoral”.

La realidad planteada a la luz de la promulgación de la LOE, cambia abruptamente el panorama, pero el cambio no debe atender a una coyuntura política ni electoral. Se debería concertar con las universidades la formula que más se acerque al ideal de igualdad con respeto, para que todos los sectores involucrados en las elecciones universitarias nos sintamos reivindicados en el ejercicio de nuestro derecho a elegir. En este aspecto hay una formula sencilla, de aplicación práctica y de resultados óptimos: un simple ejercicio matemático que consiste en dividir el número de estudiantes entre los demás actores de las elecciones (por separado, por supuesto) que daría un factor de división, equitativo en cuanto al valor porcentual del voto. Por ejemplo, 100 estudiantes, divididos entre 20 administrativo, obrero u académicos, el factor sería igual a cinco (5), se respetaría la proporcionalidad y todos los que ejerceríamos el derecho a elegir, participaríamos en igualdad de condiciones.

La conquista de un derecho, nunca debe ser en detrimento de otro derecho, el carácter progresivo de las universidades nos dictan estos senderos. La universidad Nacional Abierta, urge de la renovación de sus autoridades y que están salgan del seno de su comunidad, fortalecidas y legitimadas mediante el ejercicio del voto y que éste a su vez, se convierta en el elemento unificador de ese ejercicio democrático

El voto paritario, en los términos planteados no favorece la participación ni nos iguala en el ejercicio de la participación. La democracia universitaria y la universalización de la democracia si nos equipara como ciudadano de plenos derechos.





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Ramón Colmenares


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