Sucre pionero en la conformación de los Consejos Campesinos

El Frente Socialista de Campesinos y Campesinas del Estado Sucre presenta un proyecto guía para la conformación de los Consejos de campesinas y campesinos del Poder Popular y asumió como tarea central la constitución de 300 consejos campesinos en la Península de Paria los cuales articularan con PDVSA en el impulso de los programas de Cacao.

Por la importancia del tema al cual ha hecho referencia el presidente Hugo Chávez he considerado importante que como aporte al fortalecimiento de los Consejos Campesinos dar a conocer este material de trabajo como una contribución al debate y al fortalecimiento del Poder Popular.
LOS CONSEJOS CAMPESINOS DEL PODER POPULAR
Nos Constituimos en base de los principios fundamentales de la Constitución:

* Art.5 “La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo...”

* Asumimos la responsabilidad social en el ejercicio del “derecho a representar o dirigir peticiones ante cualquier autoridad, funcionario público o funcionaria pública sobre los asuntos que sean de la competencia de estos y estas, y de obtener oportuna y adecuada respuesta...” Art. 51, CRBV.

•“Asumiendo las responsabilidades sociales y participar solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país,...” Art.132 CRBV.

•Para exigir el cumplimiento de los artículos consagrados en la CRBV sobre El Sistema Socioeconómico: 305. - “El Estado promoverá la agricultura sustentable como base estratégica del desarrollo rural integral a fin de garantizar la seguridad alimentaria dela población...”

•Art. 306. - “El Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina un nivel adecuado de bienestar así como su incorporación al desarrollo nacional...”

•Exigir la protección social del campesino y el derecho a gozar de Seguro Social, pensiones de vejez o incapacidad física.

•Incorporarnos a la lucha contra el latifundio

•Defender las tierras de vocación agrícola y hacer respetar el hábitat rural, el medio ambiente y la biodiversidad.

•Exigir nuestra participación en la formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas agropecuarias.

NOS CONFORMAMOS

EN CONSEJOS CAMPESINOS PARA:


•Obligar a las instituciones y empresas del Estado a consultar al Consejo Campesino para cualquier inversión socioeconómica en la comunidad, a los fines de garantizar los principios que sustentamos.

•Propender al desarrollo de la pequeña y mediana industria agroindustrial.

•Articular la planificación comunitaria integral para la consolidación del Poder Popular, reconociendo al Consejo Comunal como instancia integradora.

•Defender la Propiedad Social de la Tierra como valor fundamental para la construcción, consolidación y desarrollo de las relaciones socialistas de producción que garanticen la utilización racional y ecológica de la tierra así como una distribución justa y equitativa de los recursos que genera la producción agropecuaria y agroindustrial.

•Asumir la lucha frontal contra todas las formas de corrupción administrativa y operativa, el acaparamiento, la especulación, el tráfico de influencias, el individualismo, la indisciplina y la falta de ética en la producción y el trabajo campesino y agroindustrial.

PRINCIPIOS

•Cooperación.

•Corresponsabilidad.

•Solidaridad.

•Transparencia.

•Rendición de cuentas.

•Honestidad.

•Eficacia y Eficiencia.

•Responsabilidad social

•Control social.

•Equidad.

•Justicia.

•Igualdad Social y de género.

•Participación.

•Celeridad
EL PODER EN EL CONSEJO CAMPESINO

•La Asamblea de Campesinos y Campesinas es la instancia de decisión de los planes de inversión y selección de los beneficiarios particulares y colectivos en la comunidad. Sus decisiones son de carácter vinculante (Art. 70 de la CRBV).

•El Área Geográfica del Consejo Campesino la decidirán la comunidad campesina de acuerdo a su población y características territoriales (vecindad, cultura, infraestructura física común, etc.).

•La comunidad campesina la constituye todos los hombres y mujeres que desempeñan trabajos de cultivo y cría en tierras propias, prestadas, arrendadas o con posesión legalmente reconocida por el INTI y los ciudadanos y ciudadanas que sirven de jornaleros a hacendados o patronos.

•Los Consejos Campesinos de Comunidades Indígenas se conformarán de acuerdo a sus costumbres.

•La Estructura Organizativa del Consejo Campesino

•Comités de Trabajo:

-Comité de Catastro, Legalización y Asignación de Tierras.

-Comité de Proyectos Productivos.

-Comité de Asuntos Sociales y Vialidad Agrícola.

-Comité de Comercialización.

-Comité de Ambiente y Asistencia Técnica.

-Comité Agroindustrial.

-Comité de Evaluación y Contraloría Social.

-Comité de Educación, Cultura y Secretaría.

-Unidad de Administración y crédito agrícola (Cooperativa), constituida por 7 voceros. Su rol es estrictamente administrativo, las decisiones en cuanto a la asignación de créditos es potestad de la Asamblea de Ciudadanos.

Cada Comité se conformara en Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas de la Comunidad Campesina

Los voceros de cada Comité de Trabajo, incluyendo la vocera o vocero de la Unidad de Administración y Crédito Agrícola se constituirán en Comité Ejecutivo del Consejo Campesino y tendrán funciones de planificación, ejecución, seguimiento coordinación y articulación con el Consejo Comunal y organizaciones sociales del poder popular de la comunidad, sector, región y los organismos públicos y privados

Del Período del Vocero

•Las funciones de vocero durarán dos años.

•Se puede ser vocero de forma continua.

•Para renovar los voceros de los Comités de Trabajo se convocará la Asamblea de Campesinos y Campesinas.

•La Asamblea será convocada por la mayoría simple del Comité Ejecutivo del Consejo Campesino o por solicitud del 10% de los miembros.

Responsabilidades del Comité Ejecutivo

•Convocar las Asambleas de Campesinos y Campesinas.

•Crear un medio informativo expedito para comunicar las diligencias propuestas de los organismos y empresas del Estado, así como un balance de las finanzas y demás asuntos de interés de la comunidad productiva.

•Elaborar el Plan de Trabajo.

•Canalizar todas las solicitudes de la comunidad campesina.

•Cooperar con los organismos del Estado y de la comunidad en todo lo concerniente al desarrollo y mejoramiento de la calidad de vida.

FORMALIZACION Y LEGALIZACIÓN

•Una vez constituido el Consejo Campesino un original de su acta constitutiva será consignada en:

–MINPADES

–Ministerio de Agricultura y Tierras y sus entes adscritos.

–Ministerio de Ciencia y Tecnología y entes adscritos.

–Ministerio de Economía Comunal y entes adscritos.

–PDVSA y empresas filiales.

–Alcaldía

–Gobernación del Estado

–Consejo Comunal.


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