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    Por los Derechos Humanos, Contra la Impunidad
Según el Ministro del MIJ, Jesse Chacón
Exhumación de cadáveres de Yumare demuestra ajusticiamiento
Por: Prensa MIJ
Fecha de publicación: 11/12/06
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Al cadáver de Dilia Rojas, se observó un orificio de entrada en la región parieto-occipital del lado derecho, fractura techo de la orbita derecha, fractura del arco cigomático izquierdo y otros signos
Credito: Jhonny Ramírez


En el cadáver de Romero Madriz, se observa un orificio de entrada en rama ascendente del maxilar derecho y un orificio de salida cara anterior del cuello
Credito: Jhonny Ramírez


Ministro del MIJ: Jesse Chacón declarando ante los medios de comunicación la prueba del ajusticiamiento en la Masacre de Yumare
Credito: MIJ
El 27 de octubre de 2006, el Ministro del Interior y Justicia, Jesse Chacón, reveló detalles de estos protocolos de autopsias, que hablan a las claras que están viciados para tapar un vulgar asesinato.

La exhumación de dos de los cadáveres de la llamada Masacre de Yumare, demuestra claramente que las víctimas fueron vilmente asesinadas por funcionarios de la Disip, según se pudo apreciar en los cráneos de Dilia Antonia Rojas y Simón José Romero Madriz, analizados a la luz después de 20 años.

Este resultado fue declarado en rueda de prensa ofrecida por el Ministro de Interior y Justicia, Jesse Chacón Escamillo, quien ofreció en detalle los vicios que llenaron este expediente para encubrir a los asesinos de un grupo denominado Corriente Histórico Social, fundado en el año de 1984 en el estado Yaracuy, fundado para luchar por medio de las ideas contra el régimen corrupto de Jaime Lusinchi.

“Queremos informarles a los venezolanos sobre los resultados de la exhumación de dos cadáveres, aún cuando en la misma fecha (8 de mayo de 1984) fueron igualmente asesinados otros miembros de esta organización”.

Según lo dicho por Chacón Escamillo, desde un primer momento el suceso se llenó de vicios, comenzando por tratarse de un hecho donde intervino la policía política del Estado venezolano; le correspondía entonces a la justicia ordinaria conocerlo. “En la fecha señalada fueron ultimados nueve venezolanos, por una comisión de la Disip, y se apertura una investigación en manos de justicia militar, a pesar de haber sido los hechos por funcionarios de la policía política, lo que en si mismo es una contradicción”.
Para ese momento el ministro de la Defensa era el vicealmirante Andrés Brito Martínez, y el ministro de Relaciones Interiores, Octavio Lepage. Entre estos dos personajes, se urdió toda la trama que terminó por justificar el ajusticiamiento.

El militar ordenó al Juzgado de Primera Instancia Militar de Barquisimeto, a cargo del mayor (Ej) Omar René Verde Mendiri, y el civil, manifestó en rueda de prensa que una comisión de la Disip había sido emboscada por un grupo de guerrilleros, y nueve de estos habían resultado muertos y el comisario López Sisco, estaba herido. El expediente fue instruido contra las personas fallecidas por el delito de Rebelión Militar, con la intención de hacerlas parecer como culpables para justificar la actuación policial.

Volviendo a la exhumación de los dos cadáveres, se nota a las claras que estas personas fueron víctimas de un ajusticiamiento al observar en el cadáver de Romero Madriz, una posición decúbito vertical, un orificio de entrada en rama ascendente del maxilar derecho, un orificio de salida cara anterior del cuello, tres orificios de salida dos en la región inter glútea y una en la región glútea izquierda, por nombrar algunos espacios visibles de un conjunto de heridas repartidas en esta osamenta. En cuanto al cadáver de Dilia Rojas, se observó un orificio de entrada en la región parieto-occipital del lado derecho, fractura techo de la orbita derecha, fractura del arco cigomático izquierdo, y otros signos.

Señaló igualmente el Ministro que en el expediente hay elementos de juicio contradictorios con la declaración de los funcionarios de dicho cuerpo policial, dejando constancia que los hechos por ellos narrados no están ajustados a la verdad de lo sucedido, más el voto salvado del teniente coronel de la Aviación, Germán Rafael Blasco Acevedo, canciller del Consejo Permanente de Guerra, que aconseja enviar este expediente a la jurisdicción penal ordinaria para que proceda al conocimiento y sustanciación de la verdadera circunstancia en las cuales perecieron los ciudadanos identificados, y si hubo o no delito, y en el caso de haberlo, determinar responsabilidades.

Se menciona también que los actores son parte de funcionarios que no pertenecen a las Fuerzas Armadas, cuya función principal era la prevención del delito, antes que la represión armada.

Un hecho que debía ser juzgado dentro de la justicia ordinaria, fueron dados a la justicia militar; sin embargo, después de 20 años, en la exhumación se refleja que los protocolos de autopsia levantados para ese tiempo fueron alterados, en varios sentidos: prueba de ATD para saber cuan cerca se les disparó a cada una de las víctimas, no hay prueba de trayectoria balística, tampoco tiene prueba de trayectoria intraorgánica, hecho que demuestra la posición de la víctima en el momento que recibe el impacto.


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