 |
Gobernador de Yaracuy Carlos Jiménez, Abog. Merly Morales y familiares de las víctimas acusaron a Lusinchi, Lepage y a López Sisco por masacre de Yumare | Credito: VTV |
|
|
Caracas. Cuando en 1989 el Consejo
de Guerra Permanente de Maracay emitió su fallo absolviendo de culpabilidad a
los funcionarios de la Disip que participaron en la llamada Masacre de Yumare,
en Yaracuy, donde murieron nueve venezolanos, no fue una decisión unánime sino
que uno de los tres magistrados se opuso y dejó constancia de su desacuerdo
mediante un voto salvado.
El recurso vino a
conocerse años después, luego de varias gestiones
realizadas en el TSJ por grupos de defensa de los derechos humanos.
El entonces teniente coronel de la Aviación, Germán Rafael Blasco Acevedo, canciller del Consejo
Permanente de Guerra, estimó en esa ocasión que ciertamente había quedado
probado el delito de rebelión, pero que el caso debió haberse ventilado en la
jurisdicción ordinaria y no en la militar, debido a que los funcionarios
actuantes no formaban parte de las Fuerzas Armadas sino de la Disip.
Igualmente refirió que "en el expediente surgen elementos de juicio contradictorios con las
declaraciones de los funcionarios de dicho organismo policial que dan a entrever
que los hechos por ellos narrados no son del todo ajustados a la verdad de lo
sucedido y que aparentemente hubo excesos durante la comisión del servicio que
tenían asignado".
Rara emboscada. Reseña el
oficial que en sus declaraciones los funcionarios
manifestaron que fueron emboscados en una zona boscosa, "pero conforme a lo que
se evidencia en las fotografías, se observa que la zona donde todos los
ciudadanos murieron está poblada de vegetación baja, tipo pasto, grama y maleza
(...) es un terreno plano, sin obstáculos o árboles que permitiesen el
ocultamiento de personas,
NI SIQUIERA
DISPARARON
Al día siguiente de la masacre el ministro
de la Defensa, vicealmirante Andrés Brito, ordenó la investigación al Juzgado de
Primera Instancia Militar Permanente de Barquisimeto, a cargo del mayor Omar
Verde Mendiri, quien absolvió de culpa a la Disip. La decisión fue remitida en
alzada al Consejo de Guerra Permanente de Maracay, organismo que con los votos
del coronel (GN) Juan Sarmiento Orta y su relator, el coronel (Ej.) Rafael
Chalbaud, inexplicablemente la confirmaron, pese a que el otro integrante del
Consejo, el teniente coronel (Av.) Germán Blasco les había alertado sobre las
contradicciones y que incluso ni siquiera estaba claro que éstos (las víctimas)
hubiesen disparado.
"Igualmente no son contundente las conclusiones de
la experticia practicada al conjunto de guanteletes de parafina tomados a los
occisos (...) la experticia sólo establecía la existencia de dicho ión, más no
de que exista restos de pólvora que permitan establecer que la persona hizo uso
de algún arma".
"En el folio 5 se observa un cadáver agarrando un
arma de guerra, pero es extraño que el portafusil esté sobre su hombro, lo que
parece ilógico de aceptar en una persona que previamente ha asumido una posición
de ventaja para una emboscada (...) Difícilmente es aceptable que quien efectúa
una emboscada lo haga con un morral en las espaldas, cuyo peso y volumen le
dificultaría sus movimientos".
Balas extrañas.
Igualmente, manifestó que le resulta extraño que en
las experticias practicadas a los morrales que portaban los fallecidos y a su
contenido, los mismos no presentaban perforaciones, ni daños por proyectiles ni
esquirlas, y varios de los muertos tenían impactos en la región dorsal.
No sembraron cartuchos. "No habiéndose practicado una inspección ocular por parte de ninguno de
los jueces, sólo se tienen las fotografías existentes en autos, así como las
declaraciones de los funcionarios actuantes y las de los instructores que
levantaron las actas. En ninguna parte del expediente se observa, evidencia o
refiere la existencia de casquillos o conchas de proyectiles de cartuchos
disparados alrededor de las víctimas, lo que es lógico de observar en ese tipo
de enfrentamiento".