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Caracas, 04 Jul. ABN (Ernesto Vegas).- La necesidad de legislar sobre un nuevo instrumento que proteja a la mujer venezolana planteó este lunes la diputada de la Asamblea Nacional por Podemos Lucina García.
La parlamentaria destacó en el Palacio Federal Legislativo que la Ley del Régimen Prestacional de Servicios al Adulto Mayor y Otras Categorías de Personas no toma en cuenta a las amas de casa en cuanto a su proporción y por ello planteó que se legisle sobre un nuevo instrumento que proteja a la mujer.
García indicó que está trabajando en la elaboración de un proyecto de ley en beneficio de las amas de casa.
Consideró que la mujer que trabaja en el hogar, que tiene 60 años de edad o la que está en etapa productiva, necesita un amparo diferente en torno al servicio de salud y a la posibilidad de adquirir créditos, lo cual no está contemplado en la Ley del Adulto Mayor.
La diputada insistió en que las amas de casa también tienen derecho a la seguridad social y al acceso a solicitudes crediticias, tal como lo establece la ley.
En este sentido, resaltó que las personas protegidas por este instrumento legal están en la obligación de registrarse en el Sistema de Información de Seguridad Social en la forma en que lo dispone la Ley Orgánica de Seguridad Social y sus normas reglamentarias.
Entre sus observaciones y planteamientos, García destacó que no se puede esperar a que una persona se encuentre en condiciones de pobreza extrema para tener derecho a la seguridad social.
La parlamentaria refirió que se estima que muchas amas de casa no tienen conocimiento de esta situación sobre los Sistemas de Seguridad Social, por lo que plantea la obligatoriedad de una disposición transitoria que permita realizar el censo nacional de este sector de la población.
En todo caso, dijo que ante esta discriminación hay que hacer una ley especial para las amas de casa para lo cual debe iniciarse un censo nacional sobre la cantidad de mujeres que trabajan en el hogar y que no reciben ningún beneficio del Estado.
Hay un gran número de mujeres, según indicó, dedicado al servicio del hogar y otras madres desamparadas a quienes hay que agrupar y clasificar de acuerdo con sus circunstancias para que sean de alguna manera protegidas por el Estado. Explicó que está dedicada a la realización de ese trabajo para el cual se mantiene en contacto directo con este sector de la población que trabaja en el hogar.
García refirió que en el Régimen Prestacional de Servicios Sociales al Adulto Mayor y Otras Categorías de Personas no se expresa en forma concreta la condición de las amas de casa, que tienen una categoría especial según el artículo 88 de la Constitución Nacional.
El referido artículo reza: "El Estado reconocerá el trabajo del hogar como una actividad económica que crea valor agregado y produce riqueza y bienestar social".
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