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Caracas, 15 Abr. ABN (Ludovico Quiñones).- La Sala Penal del Tribunal
Supremo de Justicia, anuló la sentencia que le daba libertad plena al
general de división en situación de retiro, Carlos Alfonzo Martínez.
Asimismo, decidió la reposición del juicio por violación del proceso.
La sentencia absolutoria a favor del alto oficial fue tomada por la Sala
Dos de Apelaciones.
El dictamen fue aprobado con los votos de los magistrados Alejandro
Angulo Fontiveros, Deyanira Nieves, Héctor Coronado Flores y el ponente
Eladio Aponte Aponte, salvando el voto la magistrada Blanca Rosa Mármol
de León.
El 9 de agosto de 2004, el Tribunal 28 de Juicio del Circuito Judicial
Penal de Caracas, a cargo de la juez Carmen Amelia Chacín, condenó a
cinco años de prisión al general Carlos Alfonzo Martínez, por el delito
de incumplimiento al régimen especial de las zonas de seguridad.
Sin embargo, lo absolvió de la comisión de los presuntos delitos de
incitación a la rebelión civil y abandono de comando.
Esta situación motivó que los fiscales del Ministerio Público Mónica
Rodríguez (V ante el TSJ) y Nelson Mejías (fiscal 36, encargado con
competencia nacional), interpusieran un recurso de casación ante la
Sala Penal de la alta instancia.
Consideraron que el oficial debió haber sido condenado por la comisión
de los delitos de abandono de comando e incitación a la rebelión civil,
pero no ser absuelto.
Los representantes de la vindicta pública motivaron su casación en que
el Tribunal de Juicio incurrió en la violación de la ley, por errónea
interpretación, y la falta de aplicación de las normas contenidas en los
artículos 144 en relación con el 164 del Código Penal.
En su petición, los fiscales del Ministerio Público solicitaron ante la
Sala Penal del TSJ que admita el recurso y lo declare con lugar para
ordenar un nuevo juicio oral en otro tribunal.
La Sala Penal del máximo tribunal de la nación acogió los argumentos
expuestos por el Ministerio Público y acordó la nulidad de oficio de la
sentencia absolutoria a favor de Carlos Alfonzo Martínez, por violación
del proceso.
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