Conozca cinco puntos claves de la sentencia del TSJ sobre las "guarimbas"

Credito: YVKE Mundial

19 Mar. 2014 - Esta orden ha sido rechazada por los alcaldes de extrema derecha, pues alegan que el ente judicial busca volverlos en contra del municipio que lideran

El Tribunal Supremo de Justicia emitió la semana pasada una sentencia que ordena a los alcaldes de municipios que albergan las llamadas "guarimbas" tomar medidas para restablecer el orden público, en función a devolver la paz, seguridad y el derecho al libre tránsito a los venezolanos.

Esta orden ha sido rechazada por los alcaldes de extrema derecha, pues alegan que el ente judicial busca volverlos en contra del municipio que lideran, sin embargo, los ciudadanos copan las cuentas de Twitter de los burgomaestres con mensajes de exigencia de restablecimiento del orden y de que cumplan las funciones para las que fueron electos: dirigir el municipio hacia la paz.

Las protestas vandálicas en Venezuela son ejecutadas desde el pasado 12 de febrero por grupos violentos de la extrema derecha, que llevan a cabo un golpe suave contra el dignatario Nicolás Maduro a través de la desestabilización. Las "guarimbas" son las acciones violentas basadas en la tranca de calle, disparo de armamento y objetos contundentes, quema de basura y otras acciones.

Te mostramos cinco puntos claves que debes saber sobre la sentencia del TSJ en pro de volver el orden y la paz a seis municipios liderados por alcaldes de extrema derecha.

¿En qué consiste la sentencia emitida por el Tribunal Supremo de Justicia?

Mediante la sentencia, el TSJ ordena la inmediata remoción de escombros y otros elementos que impiden el paso de los peatones y obstaculicen la vida urbana, además de impedir protestas que tengan ese fin.

¿Qué alcaldes deben someterse a esta sentencia?

Inicialmente fue emitida para el alcalde Gerardo Blyde del municipio Baruta y David Smolansky del municipio El Hatillo (ambos al este de Caracas). Este lunes la sentencia fue ampliada e incluye también a los alcaldes: de Chacao (este de Caracas), Ramón Muchacho; de San Cristóbal (capital del estado Táchira, al occidente del país) Daniel Ceballos; de Lechería (Anzoátegui, noreste), Gustavo Marcano y de Maracaibo (capital de Zulia, noroccidente), Eveling Trejo de Rosales.

¿La sentencia tiene basamento legal?

Sí. El artículo 178 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que es competencia de la autoridad municipal el orden territorial y urbanístico, el orden del tránsito de vehículos, la protección del ambiente, recolección de basura y protección vecinal, entre otras atribuciones.

Partiendo de esa premisa, los alcaldes de derecha que se niegan a tomar acciones frente a las protestas vandálicas que atentan contra el orden público y la seguridad de los ciudadanos están violando la Carta Magna venezolana.

Asimismo, amparado en el artículo 30 de la Constitución, el Estado está obligado a adoptar las medidas legislativas necesarias para proteger a las víctimas y procurar que los culpables reparen los daños causados.

¿Qué condena acarrearía el incumplimiento de la sentencia?

Según el Artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, quien incumpliere el mandamiento de amparo constitucional dictado por el Juez, será castigado con prisión de seis (6) a quince (15) meses.

¿Los alcaldes han acatado la sentencia?

En parte. En algunos municipios los alcaldes, de forma moderada, han comenzado la recolección de escombros, sin embargo, se niegan a impedir las protestas vandálicas que han dejado un saldo de 28 fallecidos y decenas de heridos.

No obstante, las barricadas continúan en el municipio Baruta: usuarios han denunciado trancas de calles en las urbanizaciones Manzanares y Prados del Este de ese municipio. Los alcaldes de extrema derecha se han negado a participar en las Conferencias por la Paz impulsadas por el Gobierno nacional.



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