12 de Marzo. A esta redacción llegó esta denuncia suscrita por la ciudadana Yeisis Fariña, la cual se explica por sí sola:
La situación es la siguiente: Para el día 22 de Abril del ano 2009 se presento ante el despacho del señor alcalde, cámara municipal, comisión de ejidos y sindico procurador una carta de solicitud para la expropiacion o negociación de los terrenos privados ubicados en San Sebastian de los reyes, específicamente en la calle la pista de la Urbanización Romulo Betancourt, dichos terrenos se encuentran en estado ocioso por mas de 50 anos confirmado por los habitantes adyacentes a su ubicación. Los propietarios actuales lo poseen desde el ano 1967 según el documento de compra y venta, quienes hasta la actualidad no han dado utilidad alguna a dichas tierras. Es importante señalar que a esta denuncia emitida como primer paso según lo establecido en el articulo 22 de la Ley de tierras urbanas, se unen aproximadamente 150 familias las cuales se encuentran en estado de hacinamiento necesitados de una vivienda digna, a lo cual se obtiene el derecho según el articulo 82 de la Constitución de República Bolivariana de Venezuela.
Los solicitantes de la declaración de tierras sin uso se rigen en la ley cumpliendo con los siguientes procedimientos.
- El procedimiento puede comenzar de oficio (por iniciativa del organismo competente) o mediante denuncia de comunidades organizadas (artículo 21).
- El organismo con competencia técnica cumplirá con todas las actuaciones necesarias para el mejor conocimiento del asunto con la colaboración de organismos nacionales, regionales, municipales y comunitarias (artículo 22).
- El órgano sustanciador solicitará a la oficina de registro respectiva, todos los datos concernientes a la propiedad y los gravámenes respectivos al inmueble (artículo 23).
- Dictado el auto de apertura, se notificará a los interesados o las interesadas para que comparezcan y se hagan parte en el procedimiento, en garantía al debido proceso y al ejercicio del derecho a la defensa (artículo 25).
- Los interesados o interesadas en el procedimiento tendrán un lapso de diez días hábiles para presentar escrito contentivo de sus alegatos y pruebas, contados a partir de la notificación (artículo 28).
- Culminado el lapso de alegatos y pruebas el órgano con competencia tomará una decisión en un lapso de 20 días (artículo 29). (Es importante señalar que las autoridades competitivas no han cumplido con lo aquí establecido)
- La comunidad organizada del lugar donde se encuentre ubicada la tierra urbana bajo el procedimiento, podrá actuar como custodio de las tierras en proceso e incluso sobre aquellas que hayan sido declaradas "sin uso", con el fin de asegurar las bien de posibles invasiones, pero en ningún caso podrán los custodios ocupar estas tierras (artículo 33). La ocupación ilegal se considera INVASIÓN, delito de orden público que está penado severamente en el Código Penal.
En vista de la falta de disposición del señor alcalde nos vemos en la obligacion de hacer de conocimientos de otros medios la situación planteada en busca de ayuda y pronta solución al caso.
Adjunto les envío un informe detallado de la situación del terreno, para ampliar las ideas.
NOTA: en este momento no puedo escanear los anexos que en el informe se detallan pero doy fe de que los tengo en mi poder con firmas y sellos de recibido, los cuales haré llegar en la brevedad posible.
En segundo lugar hago un llamado a nuestro presidente para que intervenga mediante los encargados y el señor gobernador Rafael Isea en el estudio de la situación presente en el municipio San Sebastian de los Reyes, ya que la inconformidad con la acción del ciudadano alcalde representa mayoría en nuestra localidad, y lo que se trata de evitar es que el nombre y representación de nuestro partido no se vea afectado por esta mala gestión. Se que se necesita de la mitad mas uno para confirmar lo que aquí expreso pero para ello necesitamos orientación y colaboración para que el pueblo unido llegue de manera personal y podamos expresar esta situación por ahora solo puedo colaborar con mi nombre y mi correo a sabiendas de los posibles problemas que esto pueda acarrear pero como soberana me encuentro en el deber de hacerlo.
Les agradezco toda la colaboración que puedan prestar, y disculpen nuevamente si no es el canal correcto que debo tomar pero necesito tocar todas las puertas posibles."
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