|
El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos. Tras este acto histórico, la Asamblea pidió a todos los Países Miembros que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera "distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios".
No compete de modo exclusivo a un estado (gobierno) la preservación de estos derechos; es de igual obligación para las personas jurídicas y naturales el
respeto por la condición humana en todos sus aspectos, enmarcados dentro de
los 30 artículos iniciales de la Declaración Universal de Derechos Humanos
de 1.948, así como los que por legislaciones particulares de cada nación se
hayan incorporado a lo largo de las décadas siguientes.
Siendo Globovisión, un ente jurídicamente establecido dentro de las leyes y
reglamentos nacionales que dieron su origen, adquiere su condición de persona,
particular a las personas naturales que dentro de la entidad mercantil laboran.
Por tanto, se somete a la jurisdicción del marco legal vigente nacional e internacional sin detrimento a sus derechos y deberes.
Esta persona jurídica con la denominación de “Globovisión” viola constante
y reiteradamente los Derechos Humanos de los Venezolanos con características
físicas, sociales, económicas, políticas y religiosas particulares, adversas
al prototipo idealizado comercialmente por la cultura occidental contemporánea.
Para la punibilidad de estos delitos, Globovisión usa personas naturales visiblemente afectadas social y políticamente que se expresan a través de la señal abierta del canal televisivo con la predeterminada intención de ofender, humillar, mancillar y deteriorar la moral y el estado de animo de la población, en alto grado fecundando el germen del odio, el clasismo, la intolerancia, el racismo, haciendo apología al delito, a la rebelión y confrontando sectores sociales que generen, mas que información, estados de angustiosa existencia, de hostilidad psicológica, de resistencia a la sana convivencia y promoviendo revueltas y episodios antisociales que contrastan con la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Entre el articulado de la Declaración Universal de Derechos Humanos que viola tanto Globovision, como los personajes más populares que se reflejan en su programación televisiva, podemos enumerar los siguientes:
Artículo 18
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de
religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia,
así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Artículo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras,
por cualquier medio de expresión.
Artículo 26
Aparte 2: La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad
humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
Artículo 29
1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella
puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
Artículo 30
Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
Por qué se puede demandar a un Estado por violación de Derechos Humanos si los derechos no son limitativos a un ente gubernamental, y una persona natural o juridica ajena al Estado, como Globovision, se desenvuelve con total impunidad dentro de los delitos enmarcados dentro de la condición Humana?
En la Comision Interamericana de los Derechos Humanos deberia estar siendo demandado Globovisión por sus reiteradas y continuas violaciones de los Derechos de todos los venezolanos. De no conocer el asalariado y politico componente humano que conforma la Comision Interamericana de los Derechos Humanos, estaría confiado en que el delictuoso equipo de Globovision pudiera ser demandado por sus delitos contra la humanidad.
norself@mipunto.com
Articulo leido aproximadamente 363 veces
|