Asuntos Legales/

Atención a la Víctima de Abuso Policial

La Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana y en la Ley del Estatuto de la Función Policial, recoge las obligaciones claras y precisas en materia de atención a la víctima del delito y/o abuso de poder por parte de los funcionarios policiales.

Para el fiel cumplimiento de esta premisa, se debe crea la oficina de atención a la víctima en los cuerpos de Policía, la cual tendrán la obligación del trámite, registro, evaluación, asistencia y protección de la víctima en los casos de abuso policial, estas oficinas deberán estar ubicadas en un establecimiento independiente o separado de las instalaciones policiales y estará conformada por un equipo interdisciplinario con la formación adecuada para garantizar una atención oportuna y eficaz.

Estas dependencias deben identificar a la víctima de abuso policial como aquellas que han sido objetas de delito, actos arbitrarios o abusos cometidos por funcionarios policiales en ocasión del ejercicio de sus funciones, garantizaran los requerimientos de las víctimas, manteniendo un registro de estos casos, teniendo como principios el acceso a la justicia, trato justo, asistencia, celeridad e información.

Las oficinas de atención a la víctima, cuando reciban denuncias por abuso policial, deben remitirlas a la Oficina de Control de Actuación Policial del cuerpo de Policía correspondiente, a fin que se investiguen los hechos y determinen las responsabilidades a que haya lugar. La oficina de control de actuación Policial mantendrá informada a la oficina de Atención a la víctima sobre el estado de la investigación y la decisión que se tomen, garantizando su disponibilidad en caso de que la víctima la requiera.

Cuando los funcionarios y funcionarios policiales en sus actuaciones transgredan las leyes y tratados por abuso de poder, la oficina de atención a la víctima preparara un informe sobre recomendaciones de apoyo y reparaciones a ser remitido a la dirección del cuerpo policial para su consideración y decisión.

En conclusión, con la creación de las oficinas de Atención a la Victimas, en los Cuerpos de Policía, se pretende adecuar las buenas prácticas policiales, teniendo como premisa que toda la ciudadanía tenga la información y orientación para que todos los funcionarios cumplan con sus obligaciones.

Fuente: Baquía Nº 8 El Espejo Nos habla. Consejo General de Policía.

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José Monaza F

Abogado. Asesorialegalenvalledelapascua.blogspot.com

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