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Dicho ajuste está contemplado en la Reforma Parcial del Decreto Nº 6.287 con Rango, Valor y Fuerza de Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, instrumento legal que recibió el visto bueno de los parlamentarios este martes.
El aumento en el fondo de ahorros está estipulado en el artículo 300 de dicha ley. El mismo fue propuesto por la Comisión Permanente de Finanzas y coincidió con la sugerencia hecha por el presidente de la República, Hugo Chávez.
El diputado Rafic Souki destacó que con ese monto "estamos cubriendo 98% de los cuentahabientes que tenían sus ahorros en los bancos liquidados, vale decir Canarias y Banpro".
Agregó que la Ley de Bancos tiene por finalidad la preservación de los intereses de la República y de los ahorristas, así como la estabilidad del sistema financiero nacional.
Asimismo, la asamblea aprobó incrementar los aportes que los bancos hacen al Fondo de Garantías de Depósitos y Protección Bancaria (Fogade).
En este sentido, se estableció en el artículo 296 de dicha norma que las entidades bancarias deben aportar 1,5% del total de depósitos percibidos en cada semestre.
Igualmente se estableció una modificación en el artículo 344, cuyo primer numeral indica que a la hora de la liquidación de un banco se debe dar prioridad a las personas naturales en el siguiente orden:activos y jubilados de la empresa sujeta a liquidación, las personas mayores de 55 años y los niños, niñas y adolescentes.
