Superintendencia de Bancos responde a AIPO sobre denuncia Caso Banco Federal-Globovisión

Caracas, 29 feb. 08.-En comunicación remitida a esta redacción, la Gerencia de Comunicaciones Institucionales de la Superintendencia de Bancos responde a una nota de prensa aparecida en este medio titulada “AIPO interpuso recurso de Amparo Constitucional contra la SUDEBAN”, publicada el día 26 de febrero de 2008, atribuida a Prensa AIPO y que es la entrada al resto del documento de Amparo solicitado por los abogados Fresia Ipinza y Juan Bernardo Delgado, en su condición de Presidenta y representante de la citada Asociación Civil “Anti-Corrupción e Interpelación Popular Organizada”.

En la réplica envíada a Aporrea.org Sudeban dice "Al respecto, es preciso indicarle que esta Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras ha tomado debida nota del caso planteado desde el momento que ha sido expuesto por la citada Asociación, por lo que en cumplimiento de las funciones de inspección, vigilancia, regulación y control, se ejecutarán las acciones pertinentes a que haya lugar. No obstante, en cuanto a la documentación solicitada por la referida ciudadana es menester destacar que la misma constituyen actos administrativos emitidos por esta Superintendencia como consecuencia de las facultades señaladas en el artículo 235 del Decreto con Fuerza de Ley de Reforma de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras".

En la nota se puntualiza que "por ello, sobre la información que mantiene este Organismo acerca de sus supervisados y sobre los sujetos a los cuales podrá ser concedida dicha información, el artículo 233 del citado Decreto Ley establece:

“Sin perjuicio de lo establecido en este Decreto Ley o en otras disposiciones legales, los datos o informaciones obtenidos por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras en sus funciones de inspección, supervisión y vigilancia, serán suministrados, previa la correspondiente solicitud al Presidente de la República, al Vicepresidente Ejecutivo de la República, al Presidente de la Asamblea Nacional, al Defensor del Pueblo, al Procurador General de la República, al Contralor General de la República, a los Magistrados Presidentes de las Salas del Tribunal Supremo de Justicia, al Fiscal General de la República, al Ministro de Finanzas, al Presidente del Banco Central de Venezuela, al Presidente del Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria, al Presidente de la Comisión Nacional de Valores y al Superintendente de Seguros, para fines oficiales.

Igualmente, serán suministrados al Ministro del Interior y de Justicia, al Ministro de la Defensa, a los órganos del Poder Judicial, y a la administración tributaria, según las leyes, así como a los organismos a que se refieran los acuerdos de cooperación suscritos con otros países.

Cuando las circunstancias lo requieran, la información a que se refiere el párrafo anterior podrá ser suministrada al Presidente del Consejo Bancario Nacional y a organismos de supervisión bancaria y financiera de otros países ...”.

Wilfredo Pérez, por delegación del Superintendente y Gerente de Comunicaciones Institucionales de SUDEBAN, dice en la comunicación que "en consecuencia, al ser los actos administrativos requeridos efecto de las funciones de inspección, supervisión y vigilancia, los mismos se encuentran dentro del supuesto previsto el artículo 233 antes indicado, lo que los califica de confidenciales y por lo tanto sólo podrán ser remitidos a las personas enunciadas en la mencionada norma, razón por la cual nos vemos imposibilitados de atender el requerimiento de la Presidenta de la Asociación Civil Anticorrupción Interpelación Popular Organizada (AIPO) en los términos expuestos desde el pasado mes de agosto de 2007, tal cual indica la nota de prensa aludida con anterioridad. Sin embargo, el pasado mes de noviembre enviamos a ese portal el oficio Nº SBIF-DSB-GGCJ-GALE-22377, de fecha 12 de noviembre de 2007 , ofreciendo, como ahora lo hacemos, información sobre la actuación de la Superintendencia de Bancos en este caso ventilado de manera pública".

Insta a los interesados en conocer o aclarar dudas sobre algún aspecto en particular, comunicarse de manera gratuita al número telefónico 0-800-SUDEBAN (0-800-7833226) o en la página web: www.sudeban.gob.ve.

Pulse aqui para leer la nota referida en esta réplica http://www.aporrea.org/contraloria/n109742.html



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