Contraloría Social para la Defensa Popular

El presidente Chávez sigue dándonos las herramientas necesarias para activar la participación y el protagonismo comunitario, sigue transfiriendo poder al pueblo y sigue empeñado en hacer cambiar las cosas radicalmente en nuestro país por supuesto para el bien de nuestro futuro económico y social. La nueva ley para la defensa popular es una muestra de eso. Sin embargo, todo estos esfuerzos son vanos si no nos preocupamos todos en leer un poco esta nueva ley, en ejercerla a través de la contraloría social y más allá en asimilarla como parte de un enfoque que, finalmente seas propietario o no de un establecimiento que vende los productos regulados, debe tocarnos a todos como consumidores pues esa condición jamás la perderemos.

Cuantas veces no pasa, señora de Juan de Villegas que me lee, o de Unión, o de Concepción, o de Buena Vista, que ve usted llegar un camión de harina de maíz cargado a una bodega cercana y cuando se acerca le dicen que no hay el referido artículo. Cuantas veces le ha pasado con la carne, con el azúcar, con la leche por ejemplo. Precisamente son estas las herramientas necesarias para afianzar una revolución en el control de los beneficios sobre el autoabastecimiento alimentario que como pueblo el presidente Chávez ha querido emprender.

El primer gran paso en ese nuevo sistema de garantía para al soberanía alimentaria fue el programa MERCAL con todas sus implicaciones. Los grandes centros de acopio y el financiamiento de nuevas estructuras que desaparecieran las grotescas figuras de los intermediarios con lo cual se disminuía el precio último del producto. El gran centro de acopio de Quibor y el nuevo matadero y los galpones del MERCAL Carora constituyen un ejemplo. Esto, llevó consigo la creación de innumerables centros de venta al detal en puntos comunitarios, que son las cientos de bodegas Mercal, LUEGO LA TRASNFORMACIÓN EN Mercalitos móviles para garantizar la llegada de los suministros a toda la población sin necesidad de que se movilizara a zonas urbanas, los megamercados populares de calle y hasta la creación de mega Mercales con gran capacidad de respuesta como el de a avenida Libertador y Mercales medios de moderada capacidad como el de la Ruezga o la avenida Florencio Jiménez por mencionar solo algunos pues son muchos. Y es que hasta se trazó como objetivo llevar a quienes no tenían como adquirir los productos de la cesta básica los alimentos requeridos con el MERCAL MÁXIMA PROTECCIÓN en casas de alimentación en las barriadas y sistemas de donativos especiales. Todo esto es una realidad que podemos comprobar a diario… ¿cuántos de los que están leyendo este artículo no han acudido alguna vez a un MERCAL a comprar la deliciosa mantequilla o los buenos pollos o la sabrosa mortadela?.

Como dije, esto abrió la puerta para que la especulación disminuyera y se crearan nuevas bandas de referencia con precios en productos de consumo masivo subsidiados o controlados lo que obligó a las cadenas tradicionales y a los bodegueros especuladores a bajar sus precios paras poder competir ante la atractiva oferta MERCAL. Ese digamos, fue el primer paso.

Seguidamente el presidente allanó el camino para que se avance en la creación definitiva de una nueva estructura que resguarde los intereses comunitarios en cuanto a la seguridad alimentaria y estamos convencidos que pondrá todo su afán en hacer que los organismos encargados vigilen el cumplimiento de la ley aprobada, sin embargo, somos nosotros mismos, invocando el espíritu de solidaridad social, de fiscalización comunitaria los que a través de una consciente contraloría social quienes debemos echar mano de las herramientas revolucionarias que el presidente ha venido promoviendo con el objeto único de impedir que especulaciones como las que se vivieron antes sigan sucediendo. Es un nuevo capítulo en el control social que deben aplicar las comunidades organizadas y es un reto además para integrarse como corresponsables de la gestión pública en un tema tan delicado como el acceso a la alimentación.

Les regalo algunas de las más notorias referencias de esta ley la cual hay que buscar para leer…

Artículo 4: “Se declara de utilidad pública e interés social a todos los bienes necesarios para desarrollar las actividades de producción, fabricación, importación, acopio, transporte, distribución y comercialización de alimentos o productos sometidos a control de precios”.

Esto, según explica el ministerio para el poder popular de la comunicación e información permitirá al Ejecutivo Nacional, frente al cierre o abandono de establecimientos, o a la persistencia de delitos tales como acaparamiento y especulación, practicar la medida de ocupación temporal preventiva con el fin de reestablecer, por razones de seguridad y soberanía alimentaria, la producción y comercialización de los alimentos o productos bajo control de precios.
LAS SANCIONES: “comiso inmediato de los productos sometidos a control de precios, en caso de que el establecimiento o local cierre, se niegue a la venta con precios regulados o incurra en acaparamiento”. Adicionalmente se tienen previstas acciones como “cierre temporal” y multas, cuando se altere la calidad y el precio de los productos.

PARTICIPACION PROTAGÓNICA: Se le otorga a los Consejos Comunales el papel de conformar los llamados “Comités de Contraloría Social para el Abastecimiento”, instancias de supervisión que velarán y actuarán en coordinación con el Gobierno nacional, para fiscalizar el cumplimiento de las regulaciones estipuladas a nivel nacional. Estos comités también reconocerán, en Asamblea de Ciudadanos, la honestidad de aquellos expendedores que se ajusten a los precisos regulados y vendan los alimentos al pueblo.


Esta nota ha sido leída aproximadamente 3655 veces.



Luis Jonás Reyes Flores


Visite el perfil de Luis Jonás Reyes Flores para ver el listado de todos sus artículos en Aporrea.


Noticias Recientes:

Comparte en las redes sociales


Síguenos en Facebook y Twitter



Luis Jonás Reyes Flores

Luis Jonás Reyes Flores

Más artículos de este autor