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Diputado Darío Vivas considera ilegal venta de viviendas en moneda extranjera
Por: Agencia Bolivariana de Noticias (ABN)
Fecha de publicación: 21/07/07
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Caracas, 20 Jul. ABN.- Para el integrante de la Comisión de la Reforma Parcial de la Ley del Deudor Hipotecario de Vivienda de la Asamblea Nacional (AN), diputado Darío Vivas, es ilegal la venta de viviendas en moneda extranjera en el país, como lo vienen estableciendo los constructores y promotores de apartamentos y casas.

El parlamentario dio a conocer su versión este viernes luego de la consulta constitucional que hiciera con respecto a este instrumento legal a la presidenta del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Luisa Estela Morales.

Vivas recordó que la reforma parcial surge como consecuencia de una sentencia de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia en torno a la Ley de Protección al Deudor Hipotecario, específicamente el artículo 23, referido a los créditos hipotecarios en moneda extranjera.

Explicó Vivas que 'con la reforma parcial del artículo 23 se pretende que todo aquel crédito hipotecario para vivienda, que haya sido dado en moneda extranjera, tiene que ser revisado y recalculado en el monto en el cual fue hecha la negociación en el momento de la opción de compra y no en la protocolización como lo indica la sentencia'.

Precisó que la concesión de créditos hipotecarios en moneda extranjera está afectando a más de 500 familias a nivel nacional. De allí el propósito de la reforma parcial de la ley.

'Creemos que el recálculo de la deuda debió hacerse desde el mismo momento de la sanción de la Constitución Bolivariana de Venezuela en 1999. Todo contrato que se haya hecho con opción a compra en dólares debe ser recalculado en el monto en que se hizo la negociación en 1999, cuando se aprueba la Constitución, la cual establece que es ilegal cualquier tipo de negociación en moneda extranjera'.

El diputado Darío Vivas advirtió que una vez que se apruebe la reforma parcial de la Ley del Deudor Hipotecario de Vivienda, el recálculo de la deuda tendrá que hacerse en bolívares y si se determina que hay cobro de más tendrá que retornarle ese dinero a los deudores y sumársele al capital.

'Si se precisa que ha sido ejecutada la hipoteca y el deudor ha perdido la vivienda, la propiedad tendrá que ser devuelta a su propietario', sentenció.


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La fuente original de este documento es:
Agencia Bolivariana de Noticias (ABN) (http://www.abn.info.ve)

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