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Ministerio de Educación: Prohibido cobro de matrícula en planteles oficiales
Por: MECD
Fecha de publicación: 12/09/03
imprímelo mándaselo a
tus panas
(Caracas, Prensa-MECD Rosemarie Mieres V).Está terminantemente prohibido el cobro de matrícula
en las instituciones oficiales del Estado venezolano, que incluye planteles que dependen directamente del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, gobernaciones y alcaldías, según lo informó la directora de Comunidades Educativas del MECD, Xiomara Lucena.

Lucena hizo énfasis en que se debe establecer una clara diferenciación entre lo que es el pago de inscripción y la colaboración. Dijo que los padres y representantes pueden inscribir a sus representados sin necesidad de pagar. Luego, en el transcurso del año, de ser necesario y si está dentro de sus posibilidades, podrán pagar una colaboración. “Claro, yo siempre hago un llamado a las comunidades a que acompañen a la escuela, que brinden la colaboración que puedan a la institución, pero no pueden obligarlos a dar colaboración, porque así se convierte ésta en obligación”.

Lucena recomendó a los directivos y docentes de los colegios evitar las situaciones conflictivas y garantizar la inscripción de los estudiantes para el próximo 16 de septiembre. De igual modo, de presentarse algún inconveniente, hizo un llamado a las comunidades educativas a exigir el
cumplimiento del derecho a la educación de sus hijos.

“En eso tienen que ser solidarias y muy fuertes, cuando digo fuertes no quiero decir violentas, quiero decir fuertes en defender sus derechos cívicos que tienen como ciudadanos, en el sentido de que tienen que recurrir a los órganos de defensa de derechos de los niños y adolescentes, que son
las zonas educativas, los concejos de derechos tanto municipales como nacionales, estadales y los órganos de protección al niño y al adolescente, entre otros”.

La profesora Lucena citó el artículo 2 de la resolución 1762 emanada del despacho educativo, que regula el ingreso o permanencia de alumnos a los planteles educativos. Según este artículo, no serán condicionantes: la edad, el promedio de calificaciones, la situación de repitiente, embarazo, conducta o disciplina, credo, estado civil de los padres, uniformes y útiles escolares, así como ninguna otra limitación que no esté legalmente establecida.

“Es decir, todo lo que sea exclusión está prohibido y hay derecho del padre y derecho de la comunidad a ir a los órganos competentes para hacer la denuncia y les pido a las comunidades que se unan, ya que son una inmensa fuerza social, para defender los intereses de los niños venezolanos”.


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