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Credito: BCV |
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En resolución dictada por el Banco Central de Venezuela se informa que a partir del 1 de octubre todos los productos que se venden en el país deberán mostrar el precio en bolívares y su equivalente en bolívar fuerte.
La resolución reza que “con el fin de facilitar que el público en general se familiarice con la nueva escala monetaria, a partir del 1° de octubre de 2007, y hasta que el Banco Central de Venezuela disponga lo contrario, deberán mostrarse, ofertarse, exhibirse o exponerse a la vista del público, los precios de los bienes y servicios, tanto en bolívares actuales como en bolívares fuertes, usando las expresiones y los símbolos “Bolívares/ Bs.” y “Bolívares Fuertes/ Bs.F.”, a través de habladores, tarifarios, material publicitario o informativo y otros instrumentos o mecanismos que cumplan la misma función que éstos, ello independientemente del medio empleado para su difusión, es decir, bien sea a través de medios físicos o electrónicos.
Es importante aclarar que para cumplir con lo anterior no será necesario indicar en las facturas ni en el cuerpo del producto los precios y montos de la transacción en bolívares actuales y bolívares fuertes.
Por ejemplo, cuando se visite un supermercado, se podrá observar que los precios que muestran los estantes de los productos estarán expresados en Bs. y Bs.F. Así, en el estante donde se encuentren los cambures, deben indicarse los precios en ambas escalas. Ejemplo: Bs.2.550 y Bs.F. 2,55. En el caso de la harina de maíz, se señalará que un kilo cuesta Bs. 1.400 ó Bs.F. 1,40”.