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Caracas, 06 Feb. (ABN).- La Asociación Nacional de Usuarios y Consumidores (Anauco) introdujo este martes un recurso de revisión ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) contra una decisión de la Sala Civil de esa misma instancia, la cual obliga a las personas que habían adquirido sus viviendas en dólares en años anteriores a pagarlas con el precio actual de la moneda estadounidense.
El presidente de la organización civil Anauco, Roberto León Parilli, indicó que con la decisión de la Sala Civil del TSJ se da un salto atrás, pues se va en contra de la Ley Especial de Protección al Deudor Hipotecario de Vivienda, aprobada por la Asamblea Nacional, en la cual están incluidos los que compraron apartamentos en dólares.
Recordó que cuando se hicieron las negociaciones el dólar estaba controlado por el Banco Central de Venezuela, a través del Sistema de Bandas Cambiarias, el cual fue convertido en 2002 por el llamado Sistema Libre de Flotación del Tipo de Cambio.
Cuando los adquirientes de viviendas hicieron sus negocios el dólar estaba en 700 bolívares, hoy está en 2 mil 150 bolívares, y a ese precio, tendrían que pagar estos deudores, lo que, según Roberto León Parilli, sería un duro golpe para la economía de estas familias.
Recordó que el artículo 23 de la Ley Especial de Protección al Deudor Hipotecario de Vivienda, publicada el 3 de enero de 2005, fija que los contratos hipotecarios para la adquisición de una vivienda sólo se harán en bolívares, por lo tanto, las contrataciones en moneda extranjera son ilegales.
Por ello, se proscriben todas las negociaciones hechas en dólares.
«Esto significa que si se hizo una negociación en dólares a 800 bolívares, a ese precio deberá cancelar el deudor hipotecario, y no al precio actual de la moneda extranjera, que se eleva a 2 mil 150 bolívares», expresó León Parilli.
El presidente de Anauco indicó que ante esa circunstancia han introducido un recurso de revisión ante la Sala Constitucional del TSJ contra la sentencia de la Sala de Casación Civil, con ponencia del magistrado Carlos Oberto Vélez, debido a que altera en el fondo, en su sustancia y contenido de la Ley de Protección al Deudor Hipotecario, en lo que respecta a la conversión en bolívares de todos los créditos para la compra de viviendas en moneda extranjera.
Según León Parilli, para la Sala de Casación Civil sólo son favorecidos los que tienen contratos protocolizados, la compra propiamente dicha, pero no los contratos con opción a compra.
Al respecto, los deudores hipotecarios que han protocolizado sus contratos tienen la opción de pagar en bolívares el valor del dólar para la fecha en la cual firmaron el convenio de venta. Pero los que tienen contrato con opción a compra, tienen que cancelar con el valor actual del dólar: 2 mil 150 bolívares.
«La decisión de la Sala de Casación Civil del alto tribunal de la República afecta a más de dos mil familias que tienen contrato con opción a compra», apuntó.
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