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Exclusión constituye una discriminación contra la mujer
Provea exige que se incluya a otros sectores laborales en aumento salarial
Por: Provea (Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos)
Fecha de publicación: 02/07/03
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Nota de aporrea: Exigimos al Gobierno Nacional la inmediata corrección de esta situación. Igualmente, exigimos que la Unión Nacional de Trabajadores (UNT) fije posición al respecto y presione al Gobierno Nacional para que se incluya a las profesiones de choferes particulares, camareras(os), cocineras(os), jardineras(os), niñeras(os), lavanderas(os) y otros en los aumentos salariales.

Desde el año 1999, las/os trabajadoras/es domésticas/os no son considerados en las disposiciones legales y administrativas que establecen aumentos salariales, desamparándolos del marco legal que protege sus derechos laborales. El aumento salarial anunciado por el Presidente Hugo Chávez Frías el pasado 30 de abril y promulgado en el Decreto N° 2.387, publicado en Gaceta Oficial N° 37.681, continúa excluyendo a las/os trabajadoras/es domésticas/os, perjudicando así a choferes particulares, camareras/os, cocineras/os, jardineras/os, niñeras/os, lavanderas/os y oficios afines.

Reparar el daño que se ha infligido a un sector importante de la población marginado por cuatro años consecutivos del beneficio de aumento de salario mínimo, busca el Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea) con la introducción ante la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, de un recurso de nulidad por inconstitucionalidad del artículo 10 del decreto de aumento salarial aplicado a partir de éste 1ro. de julio en su primera fase. En dicho decreto no se incluye a los trabajadores domésticos de la fijación del aumento del salario mínimo.

En rueda de prensa efectuada el 02 de julio, explicó Marino Alvarado, coordinador del área de Defensa de Provea, que este decreto viola los artículos 2, 19, 21, 88 y 91de la Constitución, referidos al derecho a la igualdad, a la no discriminación, al derecho y protección del trabajo y a un salario justo. Igualmente esta disposición es contraria a los convenios de la OIT N° 111, 122 y 131 relativos a la igualdad de la remuneración, política de empleo y fijación de salarios mínimos, respectivamente.

Asimismo, agrega Alvarado, que estas disposiciones chocan con la recientemente promulgada Ley Orgánica de Seguridad Social (LOSS), que establece que la seguridad social debe cubrir a todas/os las/os trabajadoras/es: “en las circunstancias de exclusión de los beneficios laborales que viven los sectores afectados, es inconcebible que estas/os trabajadoras/es puedan cotizar a la seguridad social”.

El representante de la organización de derechos humanos explicó que “esta política constituye una discriminación contra la mujer, sector social que mayoritariamente labora en estas áreas. Una discriminación que impacta fuertemente a toda la sociedad ya que es un sector de muy escasos recursos económicos. Por esta razón, el Estado debería dirigir mayor protección al mismo y no marginarlos de la implementación de políticas de mejoramiento salarial, tal como la actualmente en vigencia”.

En el documento dirigido al máximo tribunal, Provea solicita la nulidad del artículo 10 del Decreto N° 2.387 y exige al Estado venezolano cumplir con su obligación de fijar un salario mínimo justo y adecuado a todos los trabajadores, incluyendo a los trabajadores domésticos: “dejar a libre arbitrio de los patrones y trabajadores la fijación de la remuneración significa dejar sin marco de protección de sus derechos laborales a este sector social”

A la luz de la discusión sobre la reforma de la Ley Orgánica de Trabajo (LOT) en el seno del Parlamento, Provea insta a los distintos grupos de opinión que lo componen a tomar en cuenta la urgente restitución de los derechos vulnerados por esta legislación.

La demanda de Provea contempla, además, la desaplicación del artículo 275 de la LOT, porque sin justificación aparente excluye a los trabajadores domésticos del régimen laboral vigente en materia de salarios, condiciones de trabajo, jornada laboral, seguridad laboral, entre otros.



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La fuente original de este documento es:
PROVEA (http://www.derechos.org.ve)

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