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Caracas, 21 Jun. Venpres (Lisa Robles).- El Banco Central de Venezuela (BCV) no ha discutido
formalmente con el Ministerio de Finanzas la posibilidad de implantar un tipo de cambio dual donde
existiría presuntamente un cambio oficial y uno libre a un valor de 1.960 bolívares por dólar aunque, por supuesto, "son posibilidades en estudio".
Así lo manifestó a Venpres el director del BCV y el catedrático, Domingo Felipe Maza Zavala quien agregó "que no está planteado oficialmente por ahora modificación alguna al esquema cambiario".
"Se encuentra en estudio y en consideración pero nada se ha resuelto hasta el momento,
ni por parte del Gobierno ni del BCV, por lo tanto, el sistema cambiario sigue igual", acotó.
Al mismo tiempo refirió que nadie ha decidido devaluar el cambio controlado u oficial "se estudia la conveniencia y su oportunidad de modificar el esquema pero nadie ha planteado devaluar el dólar, subir el cambio oficial. Son simplemente rumores y especulaciones".
Sobre el impuesto a las transacciones cambiarias, que se aplicaría a quien compre dólares en el sistema libre, destacó que el proyecto "está en estudio desde hace meses, pero nada se ha resuelto al respecto".
-Toda modificación del régimen cambiario tiene que contar con la aprobación del directorio del BCV porque la política cambiaria es de común acuerdo entre el Ejecutivo Nacional y el Banco Central. En tal sentido, el Gobierno no puede aprobar nada sin la anuencia del ente emisor y viceversa.
Lo que se presume en los medios de comunicación es que el BCV sostendría una reunión con el Ministerio de Finanzas en los próximos días para tratar este asunto, encuentro que no está planteado dada la información aportada por Maza Zavala.
DF Maza Zavala opina que entre las modificaciones cambiarias es conveniente implantar un mercado dual supervisado y regulado o un mercado libre "pero esa es simplemente una posibilidad en estudio, nada se ha decidido al respecto".
Recordó el economista que la política cambiaria es de común responsabilidad entre el Gobierno y del BCV, ello está explicado plenamente en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la Ley del Banco Central de Venezuela (BCV), legislación que ratifica e implementa esas atribuciones.
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