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Sancionada públicamente La Oriental de Seguros C.A
Por: Venpres
Fecha de publicación: 02/06/03
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Caracas, 02 Jun. Venpres (Ingrid Navarro L).- La Superintendencia de Seguros, organismo adscrito al ministerio de Finanzas, sancionó a la empresa La Oriental de Seguros C.A con amonestación pública por no acatar las instrucciones emanadas del ente regulador, al "no permitir el acceso del público una vez sumada al paro, al no poder cumplir con las formalidades como la notificación del siniestro o la entrega de documentos que soportan dichas denuncias".

Esta sanción, que se establece a través de la Gaceta Oficial número 37.701 de fecha 30 de mayo, recuerda que el Artículo 117 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que "el adquiriente de bienes y servicios tiene derecho de disponer de una información adecuada y no engañosa sobre el contenido y características de los productos y servicios que consume. Además también se cita la sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), donde se reconoce el carácter de servicio público de la actividad aseguradora.

En la resolución se especifica que durante el paro funcionarios de la Superintendencia de Seguros y la Defensoría del Pueblo acudieron a la sede de la referida aseguradora con el propósito de realizar una inspección, la cual no fue posible porque "el personal de seguridad presente impidió el paso de los funcionarios inspectores, alegando que no se encontraba ninguna persona laborando en la aseguradora, en virtud del paro convocado por algunos sectores de la sociedad civil".

Igualmente, se exhortó a la empresa La Oriental de Seguros C.A a que en futuras oportunidades dé cumplimiento a las instrucciones impartidas por la Superintendencia de Seguros y además se aclara que contra la decisión se podrá interponer un recurso de reconsideración previsto en el artículo 94 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos ante la Superintendencia de Seguros en un lapso de 15 días hábiles siguientes a la notificación.





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La fuente original de este documento es:
Venpres (http://www.venpres.gov.ve)

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