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Inadmisible recurso de Efraín Vásquez Velasco contra Presidente
Por: Venpres
Fecha de publicación: 27/05/03
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Caracas, 26 May. Venpres. (Ludovico Quiñones).- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inadmisible un recurso de amparo que había incoado el general de división (Ej) Efraín Vásquez Velasco, contra el presidente de la República, Hugo Chávez Frías, por la presunta violación de sus derechos fundamentales.

El 5 de septiembre de 2002 el general Vásquez Velasco intentó un amparo constitucional contra el Jefe de Estado, por la presunta violación de sus principios fundamentales a la tutela judicial efectiva, al debido proceso, a la presunción de inocencia y a ser juzgado por su juez natural e imparcial.

Recordó el accionante, que con motivo de su participación en los sucesos del 11 de abril de 2002, el presidente Chávez en sus alocuciones, según considera el alto oficial, siempre hacía alusión a que iba ser juzgado por un Consejo de Investigación y estaba preparando un plan político militar de contra-ataque para excluirlo de la Fuerza Armada Nacional a través de la vía disciplinaria

La Sala Constitucional del alto tribunal de la Nación, fundamentándose en los artículos 266, ordinal 1° y 335 de la Constitución nacional y en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías constitucionales, se declaró competente para conocer de la demanda de amparo interpuesta por el general Vásquez Velasco, designando como ponente a la magistrada Carmen Zuleta de Merchán.

La Sala Constitucional del TSJ en el análisis del recurso constató, que el demandante exigía que se suspendiera el Consejo de Investigación en su contra, por ser una amenaza a sus derechos consagrados en la Carta Magna, pero ya el mismo se había celebrado y lo había pasado a retiro el 26 de diciembre de 2002.

La Sala Constitucional del TSJ para decidir sobre el recurso se basó en el artículo 6, ordinal 3°, de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, el cual expresa: "La demanda es inadmisible cuando la violación del derecho o de la garantía constitucional constituya una evidente situación irreparable, no siendo posible el restablecimiento de la situación jurídica infringida".

Esto significa, que como la pretensión del general Vásquez Velasco era que se suspendiera el Consejo de Investigación en su contra y como no puede ser satisfecha esa aspiración porque ya se había consumado la acción, la demanda tuvo que ser declarada inadmisible.



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La fuente original de este documento es:
Venpres (http://www.venpres.gov.ve)

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