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Caracas, 17 Oct. ABN (Jorge Medina Lugo).- En Venezuela se respeta el estado de derecho y la propiedad privada, ya que si esto no se cumpliera sería imposible intentar un proceso de expropiación de tierras en la nación, afirmó este lunes la procuradora general de la República, Marisol Plaza Irigoyen.
Además, la abogada indicó que de no darse dicho proceso simplemente el Estado ocuparía las tierras sin dar mayores explicaciones.
Reveló que la expropiación está prevista en la Constitución Nacional, así como en la Ley de Expropiación y en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
No obstante, agregó que tal vez muchas personas han confundido los procedimientos establecidos en la Ley de Expropiación.
Plaza explicó que la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, por su parte, prevé el proceso de rescate de las tierras propiedad de la República, a través del Instituto Nacional de Tierras (Inti).
Al respecto, mencionó que la idea es recuperar la propiedad que durante muchos años estuvo en manos de particulares, a quienes por herencia les hicieron creer que eran los dueños de los terrenos y, a la hora de presentar los documentos, carecen de los necesarios soportes.
Aclaró que si en este procedimiento algún particular presenta una documentación ante el Inti que sea insuficiente para demostrar su derecho sobre la propiedad, tendrá la vía judicial para definir la titularidad de las tierras.
Indicó que la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario contempla medidas cautelares o provisionales, las cuales no se pronuncian sobre el fondo del asunto sino que tienen por objeto garantizar el ejercicio del derecho.
En su opinión, una extensión de tierra con vocación agraria merece la protección no sólo del Estado sino del mundo, porque de allí saldrán los alimentos para los ciudadanos.
Manifestó que esta tierra no puede permanecer ociosa, mientras se dilucida la propiedad de la misma.
Plaza insistió en que el procedimiento de expropiación lo pueden intentar los mandatarios locales, regionales y hasta el Presidente de la República, aspecto que depende de si se inicia un procedimiento administrativo por parte del Inti o uno judicial en los tribunales competentes.
Aseveró que al Ejecutivo nacional no le compete declarar la expropiación, sólo emite un decreto por medio del cual se inicia el procedimiento para determinar la titularidad de la tierra.
Igualmente, precisó que será la instancia judicial la encargada de sentenciar la expropiación del bien y ordenar al Estado el pago de la respectiva indemnización.
“En nuestro país no hay nada que temer con ninguna ley porque tenemos estado de derecho y seguridad jurídica, pero se debe ir a los tribunales a soportar esos derechos, a fin de no hacer simplemente de eso una diatriba política”, puntualizó.
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