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Solicitan interpretación del artículo 200 de la Carta Magna, referido a la inmunidad parlamentaria
Por: Agencia Bolivariana de Noticias
Fecha de publicación: 17/10/05
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Caracas- Un recurso de interpretación del artículo 200 de la Constitución Nacional fue solicitado por el coronel Ángel Bellorín, asistido por el abogado José Ciarrochi, ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

Este articulado hace alusión a la inmunidad de la cual gozan los parlamentarios desde su proclamación hasta la conclusión del mandato.

El demandante indicó que se hace necesario que esa máxima instancia fije su posición sobre el alcance temporal, espacial y material de la inmunidad parlamentaria.

«Existen personas que están incursas en procesos judiciales penales y se han postulado para optar a ser electos a la Asamblea Nacional, cuando es un hecho notorio y comunicacional que tales aspirantes aseguran que de resultar seleccionados, la inmunidad parlamentaria los librará de los procesos judiciales en carácter punitivo», señaló.

Explicó que esto equivaldría a decir que la inmunidad es retroactiva y contradice lo señalado en el artículo 200 de la Carta Magna, «porque éste establece un supuesto temporal bien definido al decir que disfrutarán de inmunidad desde su proclamación hasta concluir su período».

Según el coronel Ángel Bellorín estas personas se inscriben en el Consejo Nacional Electoral (CNE), hacen sus campañas y pudieran eventualmente ser electas. Lo que originaría una situación anómala desde el punto de vista legal y de la buena marcha de los procesos en los cuales están involucrados.

Resaltó que los artículos 188, 189 y 190 de la Constitución Nacional no impiden las postulaciones al condenado por sentencia firme como si lo establece el artículo 227 para la designación a la presidencia o vicepresidencia de la República.

Lo que significa que el Poder Legislativo no tiene una Ley Orgánica que provea de los requisitos previos de orden ético para la selección de sus miembros, indicó.

Manifestó el coronel que esa situación ha permitido que para las elecciones del 4 de diciembre varias personas sometidas a procesos judiciales penales se encuentren inscritas para ese proceso.

«En el caso concreto que me afecta directamente, se refiere a una postulada que además de estar imputada en un proceso penal previamente fue condenada a una pena de 9 meses de prisión por sentencia definitiva firme, en fase de ejecución», dijo Bellorín.

Recalcó que de materializarse dichas elecciones en beneficio de esas personas, pudiera generar impunidad por parte de los perpetradores de delitos que se amparan en esa forma de privilegio retroactivo para evadir su responsabilidad, burlando de esa manera disposiciones como la prevista en el artículo 30 de la Constitución Nacional.

El demandante indicó que tiene legitimidad para exigir el recurso de interpretación del artículo 200 de la Carta Magna, porque él ha demandado a Ibéyise Pacheco por la comisión del presunto delito de difamación agravada continuada, la cual fue admitida.

«Además, la demandada fue sentenciada a una pena de 9 meses de prisión por el mismo delito en sentencia del 25 de mayo del 2004. En la actualidad Ibéyise Pacheco fue postulada a las elecciones parlamentarias del 4 de diciembre por el estado Miranda, de allí mi solicitud de interpretación del artículo 200 de la Constitución Nacional en cuanto a su alcance», dijo el coronel Ángel Bellorín.



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