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Caracas- El juez 2° civil, Luis Rodolfo Herrera, declaró inadmisible el amparo contra la película Secuestro Express.
Dictaminó que, siendo el amparo una acción personalísima, la súbita muerte del agraviado y recurrente determina el cese del proceso por esa causa sobrevenida.
Rafael Cabrices formalizó el amparo, denunciando violación de sus derechos constitucionales al honor, a la reputación y a la intangibilidad de su imagen.
La transgresión del texto constitucional, sostuvo, consistió en haber incorporado al filme una secuencia inicial que lo muestra a él disparando desde el puente de Llaguno el 11-A de 2002.
Y la ilegitimidad de la conducta de los responsables de la película, sostuvo Cabrices, queda probada porque la trama se concreta al secuestro de una pareja de novios y la situación que se ven obligados a vivir, nada de lo cual tiene relación con Cabrices.
La sentencia del amparo no entró a conocer ni se pronuncia sobre si se causó o no el daño.
Por lo contrario, explicó Antonio Amado Molina, el abogado de Cabrices, dice que la familia puede ejercer otras acciones, civiles o penales contra la producción, lo cual estudia.
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