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Caracas- El vicealmirante Héctor Ramírez Pérez debió presentarse ayer ante la Fiscalía Sexta con competencia nacional, a cargo de la fiscal Luisa Ortega Díaz, para conocer los delitos que se le imputarán por su presunta vinculación con los hechos del 11 de abril de 2002; sin embargo, su abogado defensor, Carlos Bastidas, informó que su representado se encuentra fuera del país y que no se pondrá a la orden de la justicia venezolana hasta tanto las condiciones no le sean justas y equilibradas a su defendido.
Bastidas indicó que acudirán ante el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos a los efectos de hacer valer la sentencia que dictó la Sala Plena del máximo tribunal del país el 14 de agosto de 2002, en la cual se establecía la inocencia de los cuatro militares por los hechos del golpe de Estado de ese año.
La misma fue revocada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia el 11 de marzo de 2005 al declarar con lugar un recurso extraordinario interpuesto por el Ministerio Público, a través de una sentencia dictada por el magistrado Francisco Carrasquero.
No obstante, señaló Bastidas que tal actitud no demarca una intención manifiesta permanente de parte del vicealmirante de evadir la justicia, pero “la voluntad de Ramírez Pérez no es la de ser kamikaze ni la de ir al suicidio, él como buen militar entiende que a veces es necesario el repliegue hasta que las condiciones indiquen que se pueda regresar a la batalla”.
Negó que el ex ministro de la Defensa del presidente de Fedecámaras, Pedro Carmona Estanga, se encuentre en los Estados Unidos, a pesar que la defensa no descarta la posibilidad de solicitar un recurso ante el gobierno norteamericano.
Sobre si el vicealmirante Héctor Ramírez Pérez organizará la desobediencia civil desde el exterior, Bastidas informó que “los derechos políticos son privativos de los ciudadanos de cada Estado, él no puede -donde se encuentre- estar organizando manifestaciones de índole político, porque eventualmente pudiera ser objeto de una sanción como la deportación del territorio donde se encuentre”.
Como se recordará la Sala Constitucional del TSJ en fecha 11 de marzo de 2005 declaró con lugar un recurso extraordinario interpuesto el 2 de diciembre de 2004 por el Ministerio Público, en el que se solicitaba la revisión de la sentencia de sobreseimiento del 14 de agosto de 2002, dejando de esta manera el camino abierto a la Fiscalía para reabrir la investigación sobre los militares y su participación en los hechos del 11 de abril.
La primera sentencia de absolución estuvo en ponencia del magistrado Franklyn Arriechi, quien integró la Sala Plena Accidental que dejó sin efecto las acusaciones realizadas por el propio fiscal general de la República, Isaías Rodríguez, por no considerar que existiesen elementos para juzgar a los efectivos de las Fuerzas Armadas.
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