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En medio de todas las críticas hechas a la nueva Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, el Prof. Daniel Hernández, investigador del Instituto de Investigaciones de la Comunicación (ININCO), opina que uno de los aportes más importantes que realiza la Ley es “la prohibición de la censura previa y la exigencia de responsabilidades posteriores”.
A juicio del investigador este principio garantiza el legítimo ejercicio del derecho a la libre expresión y a la información de todos los ciudadanos pues; “estimula que los integrantes del tejido social asuman la responsabilidad por sus declaraciones a través de cualquier medio de difusión, sin perjuicio de los derechos de los demás individuos”, explicó.
De igual modo, Venezuela ha suscrito documentos como el Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos de la Organización de Naciones Unidas, y la Convención Americana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos, conocido también como Pacto de San José. Lo que compromete a nuestro país a legislar de acuerdo con las tendencias internacionales y asegurar a cada ciudadano el goce de sus derechos en materia de comunicación e información.
Así pues en la reglamentación actual de radiocomunicaciones se establecen sanciones directas para los prestadores de servicios de difusión, “en estos casos la sanción se le asigna a un sujeto, sin tomar en cuenta una separación de responsabilidades entre los anunciantes, emisores y demás relacionados, lo que trae como consecuencia una necesaria actualización del marco jurídico que regula esta materia”, comentó Hernández.
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