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En nombre del proceso de consolidación del poder Popular participativo y protagónico en los 337 municipios, Hacemos un llamado público al dip. Dario Vivas, Presidente de la Comisión Mixta del Poder Público Municipal, a los efectos de que pueda elevar lo más pronto posible, el texto sancionado de la Ley del Poder Público Municipal a la Presidencia de la República para cumplir con la Promulgación del texto sancionado y su posterior publicación en la Gaceta Oficial y de esta manera pueda entrar en vigencia esta ley tan importante para las comunidades y organizaciones populares de cada municipio.
Han transcurrido 8 días desde que la Asamblea ha Sancionado la Ley del Poder Público Municipal.
Al Presidente ahora le corresponde promulgarla para publicarla en la Gaceta Oficial
Artículo 214 de la CRBV. "El Presidente o Presidenta de la República promulgará la ley dentro de los diez días siguientes a aquel en que la haya recibido. Dentro de ese lapso podrá, en acuerdo con el Consejo de Ministros, solicitar a la Asamblea Nacional, mediante exposición razonada, que modifique alguna de las disposiciones de la ley o levante la sanción a toda la ley o a parte de ella..."
Miguel De Gregorio
Luis Eloy Suarez
Ana Meza
Jesus Avendaño
Nancy Garcia
ver texto de la la ley en www.consejoslocales.org
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