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Caracas- De 18 a 20 años de prisión será la pena que la ley pudiera aplicar a todo aquél que cometa actos de naturaleza terrorista en contra de la figura del Presidente de la República.
Así lo establece el informe que irá para la segunda discusión del Proyecto de Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada que elaboró la Comisión Permanente de Política Interior, Derechos
Humanos y Garantías Constitucionales de la Asamblea Nacional (AN).
Reza el artículo 8 del mencionado instrumento legal que los actos de naturaleza terrorista serán castigados con prisión de 10 a 15 años. Sin embargo, si este tipo de delitos se comete en contra de altos funcionarios públicos, la pena se agrava notablemente.
Asimismo, se le aplicará de 18 a 20 años de prisión a los que atenten contra la vida del vicepresidente, ministros, magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, diputados a la Asamblea Legislativa, Fiscal General, Contralor General, Procurador General de la República o
Defensor del Pueblo. Igual pena recaerá en contra de los que atenten en contra del Alto Mando Militar.
El proyecto de Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada define como terrorista a toda aquella persona que actúe sola o en grupo y subvierta el orden constitucional y las instituciones
democráticas. Al que altere gravemente la paz pública y cometa delitos de estragos, catástrofes o incendio y los que hagan estallar minas, bombas u otros aparatos explosivos.
El delito también será agravado si se utilizan sustancias químicas o biológicas capaces de causar daño físico o mental, o crear epidemias. De la misma manera serán penados los delitos terroristas que
se cometan contra hospitales o centros asistenciales, el correo estatal, represas hidroeléctricas, instalaciones petroleras o sistemas de información del Estado.
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