principal | EN contrARTE | autores | foro | contacto | nosotros | archivo
    Actualidad

Trujillo pone en vigencia Ley de Consejos Parroquiales de Participación Ciudadana
Por: Venpres
Fecha de publicación: 02/01/05
imprímelo mándaselo a
tus panas
Trujillo, 02 Ene. Venpres.- El gobernador de Trujillo, Gílmer Vitoria, puso el ejecútese a la Ley de los Consejos Parroquiales de Participación Ciudadana, instrumento que permitirá el ejercicio de la democracia directa y la corresponsabilidad ciudadana, además de ser el mecanismo para que la población de este estado pueda participar activamente en la solución de sus problemas.

Según un boletín de prensa enviado a esta redacción, la información fue suministrada por el secretario general de gobierno, Octaviano Mejía, quien hizo énfasis en que dicha ley constituye una vía directa para el acceso al poder por parte del pueblo.

Indicó que el texto legal, pionero en el país, fue introducido por el Gobernador el día que se juramentó para su segundo mandato ante el Consejo Legislativo del estado Trujillo, instancia que, previa a su discusión y aprobación, efectuó una serie de consultas y distintos foros para explicar los alcances del entonces proyecto, al tiempo que recibieron las sugerencias y observaciones de la ciudadanía.

Acotó que los Consejos Parroquiales de Participación Ciudadana (CPPC) son organizaciones de gestión pública local, de desconcentración administrativa en la ejecución de proyectos y de descentralización de servicios priorizados, aprobados por los miembros de las Asambleas de Ciudadanos, para que las decisiones locales estén en manos de las comunidades y puedan adecuarse a los planes de desarrollo municipales, estadales y nacionales.

Mejía puntualizó que los CPPC son organizaciones horizontales comunitarias, de base social amplia, autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, distintos e independientes del Fisco Nacional, Estadal y Municipal. Estarán conformados por una Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas y una junta directiva ejecutora, quienes durarán un año en el ejercicio de sus funciones y podrán ser reelectos por un período igual.


Noticia leida aproximadamente 599 veces.
Contador actualizado cada 3 minutos
La fuente original de este documento es:
Venpres (http://www.venpres.gov.ve)

Copyleft 2002, Aporrea.org