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El Ministerio del Trabajo no tiene competencia
La suerte de Fenapetrol está en manos de la coalición o el TSJ
Por: MT
Fecha de publicación: 18/12/04
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El destino de la Federación Nacional Bolivariana de Trabajadores Petroleros, Petroquímicos, del Gas, sus Similares y Conexos de Venezuela (Fenapetrol), con respecto a su incorporación en la discusión del contrato colectivo petrolero 2004-2006, está en manos de la coalición petrolera integrada por Fedepetrol, Fetrahidrocarburos y Sinutrapetrol, o en su defecto depende de la decisión del Tribunal Supremo de Justicia.

El viceministro del Trabajo, Ricardo Dorado, fue quien dio esta explicación manifestando que es la coalición quien debe decidir la incorporación o no de Fenapetrol a dicha discusión, puesto que el Ministerio no tiene competencia para resolver el conflicto planteado por esta federación.

Señaló que la ministra del Trabajo, María Cristina Iglesias, el 02 de diciembre, solicitó a las organizaciones mayoritarias que se considerara la posibilidad de integrar a Fenapetrol, pero esta petición “fue desestimada por las organizaciones”.

En este sentido, aclaró que como se trata de un asunto de “liderazgo sindical” el despacho ministerial no puede intervenir, porque su tarea es “verificar que su funcionamiento -el de las organizaciones sindicales- se desarrollen conforme a la ley”.

Dorado acotó que la ciudadana Ministra recibió a estas personas (a los trabajadores de Fenapetrol) para atender sus inquietudes, y señaló que se designaron directores adscritos al despacho ministerial para hacer un monitoreo de la protesta existente frente a la sede del Ministerio del Trabajo.

Como consecuencia de ello se ha solicitado la presencia de la Defensoría del Pueblo, la atención de los bomberos metropolitanos, del IVSS y de la Dirección de Salud de la Alcaldía Mayor, “porque como Gobierno tenemos que estar pendientes de su situación a pesar de no tener competencia para resolver el problema de fondo que está planteado”.

Apegados a Derecho

El Viceministro del Trabajo expresó que, en el caso de Fenapetrol, la cartera laboral actuó respetando la legislación y los convenios internacionales. Hizo hincapié en que “nuestra obligación es preservar el ordenamiento jurídico y hacer que las normas de trabajo se apliquen conforme a la Constitución y a las leyes”.

De acuerdo con el artículo 514 de la Ley Orgánica del Trabajo “el patrono estará obligado a negociar y celebrar una convención colectiva de trabajo con el sindicato que represente la mayoría absoluta de los trabajadores bajo su dependencia. Si estos realizan actividades correspondientes a profesiones diferentes, el sindicato profesional, para ejercer el derecho a que se refiere este artículo, deberá representar la mayoría absoluta de los trabajadores de la respectiva profesión”.

Es por ello que el viceministro Dorado enfatizó que “la suerte de Fenapetrol no está en manos del Ministerio del Trabajo”, puesto que este Despacho revisó las nóminas de los afiliados a los diversos sindicatos, determinando que la coalición tuvo la representatividad para discutir la convención colectiva. Además, recordó que este procedimiento se utilizó para el contrato colectivo de 2002, lo que determina que “hay un uso y costumbre que permite demostrar que el Ministerio del Trabajo actuó apegado a la ley y a la Constitución”.

Igualmente, destacó que Fenapetrol puede introducir ante la Sala Política-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia un Recurso de Nulidad contra la Resolución 3495 de fecha 3 de diciembre, en la cual la ministra Iglesias declaró sin lugar -por las razones antes mencionadas- el Recurso Jerárquico interpuesto por esta federación para lograr que la incorporaran a la discusión de la negociación colectiva.

Ricardo Dorado acotó que la discusión del nuevo contrato petrolero se desarrolla con normalidad y que para finales de año debería estar listo, puesto que no se ha plateado extender su negociación para el año 2005.


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