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Ultimas Noticias aparentemente obtuvo información sobre el caso por adelantado y en su edición de hoy ya dan la noticia.
Creemos que con esa DISIP infiltrada por opositores, el sr. Fernández muy pronto escapará y se reunirá con su compinche Pedro Carmona Estanga en Hawaii.
Según el abogado de Fernández, la juez desestimó los cargos de traición a la patria y agavillamiento. Se mantuvieron los cargos de de rebelión civil e instigación para delinquir.
Ultimas Noticias - Domingo 23 de Febrero de 2003
Arresto domiciliario impuso la jueza a Carlos Fernández
Las fiscales deberán acusar en 30 días, con prórroga de 15
La defensa seguramente apelará la decisión
Caracas. La jueza 49° de control, Gisela Hernández Rosso, otorgó anoche al presidente de Fedecámaras, Carlos Fernández, la medida de arresto domimiciliario, en lugar de la reclusión durante el juicio que le había decretado el juez Maikel Moreno.
Así concluyó la audiencia de presentación, reiniciada poco después de las diez de la mañana, cuando se presentó la titular del tribunal.
Carlos Fernández había sido conducido al Palacio de Justicia unas dos horas antes, bajo fuertes medidas de seguridad por parte de efectivos de la Disip y de la Guardia Nacional.
En esta oportunidad hubo un ingrediente adicional: la presencia de integrantes de los Círculos Bolivarianos que, a medida que transcurría el tiempo, fueron aumentando en número, al extremo de que pasadas las 4:00 pm habían rodeado la sede de los tribunales.
Así, había grupos en la avenida Bolívar, en la Baralt, por Cruz Verde y en Santa Teresa, todos coincidentes en las consignas, según las cuales no permitirían una decisión contraria al proceso revolucionario, Carlos Fernández tendría que permanecer encarcelado, sin ningún tipo de beneficio.
Las fiscales Luisa Ortega Díaz y Janet Hernández, se presentaron al juzgado con un voluminoso paquete de recortes de períódicos y tres videos, que debieron ser examinados en la audiencia.
Cada uno de los videos tiene una duración de dos horas y media, lo que determinó que no pudiera permitirse ningún receso desde el inicio del acto.
De conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, las fiscales deberán acusar formalmente enlapso de treinta días, que es prorrogable sólo una vez, por quince días más.
Se espera que la defensa apele de la decisión, pues ha sostenido en la audiencia que no está probado delito alguno.
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