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Despedidos injustamente deben notificar situación en lapso de 30 días
Por: Venpres
Fecha de publicación: 15/02/03
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Caracas, 14 Feb. Venpres (Susana Mancilla).- El director nacional del Trabajo, Ricardo Dorado, informó a Venpres que los trabajadores de Petróleos de Venezuela (Pdvsa) así como todos los empleados de empresas privadas que hayan sido despedidos y pueden ser reenganchados ya sea por embarazo, vacaciones o reposos médicos, deben hacer la notificación de su situación, entre los 30 días continuos a partir de la fecha de despido.

"Hay un desconocimiento de los derechos por parte de los trabajadores. Para ejercer los derechos hay un plazo determinado, no sólo para los trabajadores de Pdvsa, sino para toda la población, es decir, si una persona no ejerce el reclamo en los 30 días siguientes a la fecha en que ocurre la medida, aun cuando tengas la razón, pierdes el derecho", argumentó.

Hasta la pasada semana, según dijo Dorado, sólo dos ex-trabajadores de Pdvsa se habían amparado por inamovilidad, "ellos son Edgar Quijano y Horacio Medina, por supuestamente ser dirigentes sindicales, pero hay un procedimiento por manejo inadecuado desde el punto de vista jurídico-sindical, y eso tiene un plazo".

En todo caso, insistió, la mayoría de los trabajadores no se han presentado, "en el caso de mujeres embarazadas, de reposo o vacaciones, por ley tienen inamovilidad y un procedimiento especial para ampararse, pero tienen que ejercerlo en el tiempo preciso, porque se pierden. Hasta este jueves no lo habían ejercido".

En cuanto a la posibilidad de que muchos de los trabajadores de la nómina mayor de Pdvsa sean reenganchados en sus cargos, Dorado explicó que hay una serie de decisiones que sólo involucran al empleador, "podrían en cualquier momento tomar las medidas que consideren adecuadas sin perjuicio de que las personas hayan incurrido o no en causales justificadas de despido, que es lo que esta en discusión en este momento".

"Es decir - agregó - desde el punto de vista jurídico se sabe que los trabajadores no pueden inasistir tres días seguidos en el lapso de un mes, saben que no pueden atentar contra los bienes (como maquinarias o contabilidad), esa es una situación aplicable a todas las empresas del país y a la administración pública, y a la luz de esas normas es que se han tomado decisiones, en todo caso el empleador es el encargado de juzgar la conveniencia o no de ciertas medidas".

En términos generales, expreso el director nacional del Trabajo, el despacho laboral tiene la obligación de difundir la normativa vigente e informar sobre ella, para evitar que los afectados sean víctimas de la ignorancia o desconocimiento.

FIN/VP/SM/COP





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La fuente original de este documento es:
Venpres (http://www.venpres.gov.ve)

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