Les escribo para comentar una información que sale en la mayoría de los medios de comunicación el día de ayer 22 de enero 2003, el abogado y constituyente Hermán Escarra, expresa hoy su opinión con respecto a la propuesta del ex presidente Carter, (referendum revocatorio) calificando este referendum como "una trampa que permitiría al presidente Chávez separarse del cargo, pero dejando al vicepresidente que culmine el mandato." Dicha afirmación es incorrrecta y para apoyar esta opinión me remito al texto constitucional.
La Constitución Nacional dice respecto a las faltas absolutas del presidente lo siguiente:
"Artículo 233
Serán faltas absolutas del Presidente de la República: la muerte, su renuncia, la destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, la incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional, el abandono del cargo, declarado éste por la Asamblea Nacional, así como la revocatoria popular de su mandato. Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente electo antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección universal y directa dentro de los treinta días consecutivos siguientes.
Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente, se encargará de la Presidencia de la República el Presidente de la Asamblea Nacional. Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente de la República durante los primeros cuatro años del período constitucional, se procederá a una nueva elección universal y directa dentro de los treinta días consecutivos siguientes.
Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente, se encargará de la Presidencia de la República el Vicepresidente Ejecutivo. En los casos anteriores, el nuevo Presidente completará el período constitucional correspondiente. Si la falta absoluta se produce durante los últimos dos años del período constitucional, el Vicepresidente Ejecutivo asumirá la Presidencia de la República hasta completar el mismo."
Como se ve este no sería precisamente el caso, de producirse la falta absoluta del presidente en agosto por la revocatoria de su mandato y por encontrarnos en la mitad del periodo constitucional el vicepresidente asumiría la presidencia provisionalmente y esta OBLIGADO a convocar a elecciones en 30 dias.
¿Error o desinformación? Siendo el Dr. Escarrá especialista en la materia, es ingenuo creer que se trata de un error, sus opiniones tienen un peso especifico en la opinión pública debido a su prestigio intelectual, y tienden a reforzar entre todos los sectores y especialmente en los de oposición la idea del referendum consultivo como única manera de forzar la renuncia del Presidente Chavez. ¿Por qué la oposición evade la única salida constitucional a esta crisis? creo que la respuesta es muy obvia; creo que a pesar del supuesto 75 por ciento en contra del gobierno, la oposición tiene serias dudas con respecto a los tres millones setecientos y pico de mil votos necesarios para revocar el mandato según lo establecido en la constitución.