POSICION DE LA RED VENEZOLANA DE EDUCACIÓN EN Y PARA LOS DERECHOS HUMANOS Y
OTRAS ORGANIZACIONES SOCIALES ANTE EL PARO EDUCATIVO
- Considerando las consecuencias de la actual situación de conflicto
que vive el país y sus efectos negativos para el pleno ejercicio del
legítimo derecho a la educación por parte de niños, niñas y adolescentes, lo
cual incluye como posibilidad la pérdida efectiva del año escolar.
- Considerando el llamado al paro educativo realizado por las
federaciones del magisterio venezolano y las cámaras empresariales de la
educación privada.
- Considerando igualmente que dicha situación conflictiva afecta la
calidad de la formación que se brinda a los y las estudiantes y provoca el
incumplimiento de los objetivos pedagógicos establecidos.
- Considerando que la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela en sus artículos 102 y 103; la Convención de los Derechos del
Niño en su artículo 29; el Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales en su artículo 13 ; la Ley Orgánica para la Protección
del Niño y del Adolescente en sus artículos 7, 53,54,55 y 56 establecen
categóricamente que la educación es un derecho humano, un deber social
fundamental, de carácter democrática, gratuita y obligatoria, siendo
responsabilidad del Estado garantizar dicho derecho con la participación de
las familias y la sociedad, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin
más limitaciones que las derivadas de las aptitudes, vocación y aspiraciones
de cada persona, y en el marco de normas mínimas que prescriba el Estado.
- Considerando que el Estado, la familia, los representantes,
responsables y la sociedad en su conjunto deben asegurar, con prioridad
absoluta, todos los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes.
Las organizaciones de derechos humanos que suscribimos el presente documento
ratificamos que:
- La educación es un derecho humano fundamental y como tal debe ser
garantizado en toda circunstancia.
- El Estado, las familias y la sociedad deben velar por el goce del
derecho a la educación de las niñas, niños y adolescentes, sin
discriminación de ninguna índole.
- Las niñas, niños y adolescentes tienen el derecho a participar en
el proceso educativo y a que su opinión sea tomada en cuenta en la toma de
decisiones.
- Los medios de comunicación social públicos y privados tienen el
deber insoslayable de contribuir a la formación ciudadana y a generar un
clima de tolerancia, respeto, paz y no violencia en la sociedad.
- Las familias son responsables, de forma prioritaria, inmediata e
indeclinable de asegurar a las niñas, niños y adolescentes el ejercicio y
disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías.
- El Estado tiene la obligación de tomar todas las medidas
administrativas, legislativas, judiciales y de cualquier otra índole que
sean necesarias y apropiadas para asegurar que todos los niños y
adolescentes disfruten de sus derechos y garantías.
- El llamado realizado por la representación de UNICEF en Venezuela
para que se garantice el derecho a la educación en toda circunstancia debe
ser escuchado por todos los actores en conflicto. En tal sentido las
organizaciones suscribientes de este comunicado avalamos el llamamiento de
UNICEF en todos sus términos y nos hacemos eco del mismo.
- Reivindicamos el derecho a manifestación, objeción de conciencia y
participación política que tiene todo ciudadano o ciudadana. Sin embargo
resaltamos que, como todo derecho humano, la participación política y la
manifestación no son ilimitados. El legítimo derecho a la desobediencia
civil no puede ejercerse en desmedro de los derechos del resto de la
población, por tanto deben garantizarse los servicios esenciales entendidos
en su acepción más amplia tanto por particulares como por el Estado. Ello
implica una negociación entre las partes para garantizar esos servicios en
beneficio de toda la población, y especialmente de los niños, niñas y
adolescentes.
De igual manera, las organizaciones firmantes exigimos que:
- El Estado ejerza su rol como ente rector de la educación y tome
todas las medidas pertinentes, enmarcadas en la Constitución de la República
y las leyes, para garantizar el efectivo ejercicio del derecho a la
educación.
- El Estado vele por el cumplimiento cabal de la Resolución 491 de
fecha 19 de diciembre de 2002, que insta a prestar el servicio educativo en
todo el territorio de la República.
- La dirigencia del gobierno y de la oposición, se apeguen a los
mandatos constitucionales y de derechos humanos, para que las medidas
adoptadas a favor de la educación de la niñez y adolescencia no se utilicen
como bandera de la posición de uno u otro sector sino que estén enfocadas
dentro de un pacto que garantice el derecho a la educación de la niñez y
adolescencia.
- Se defina un plan de contingencia en aquellas circunstancias en
las cuales se dificulta la asistencia en condiciones regulares, a fin de
garantizar servicios mínimos educativos los cuales pueden ser programados
con la participación de las comunidades educativas (horarios especiales,
turnos de docentes, actividades de refuerzo educativo, orientaciones a
padres y representantes, alumnos, uso de bibliotecas, canchas deportivas,
formación ciudadana.).
- Se realicen asambleas de la comunidad educativa donde se levanten
actas de los compromisos acordados para hacer un efectivo seguimiento en el
cumplimiento de la reprogramación del año escolar. es necesario posibilitar
la participación de las y los estudiantes en las asambleas y reuniones a fin
de que puedan estar plenamente informados y sus opiniones puedan ser tomadas
en cuenta tal como lo estipulan la Constitución de la República y la LOPNA.
- Las familias y comunidades jueguen un rol activo en velar por el
refuerzo de las actividades educativas, preparación de actividades formales
e informales, favoreciendo el apoyo mutuo.
- Los canales de televisión cooperen con una programación dirigida a
niñas, niños y adolescentes, especialmente en horarios protegidos y con
mensajes que promuevan la paz, tolerancia, respeto y solidaridad.
- Se instrumente un plan formativo a través del cual los docentes
apliquen estrategias para orientar y fomentar los valores y la convivencia
ciudadana, abordar la situación actual evitando agresiones, manipulaciones,
adoctrinamiento de las niñas, niños y adolescentes.
Caracas, 8 de enero de 2003.-
Organizaciones que suscriben este comunicado:
· Centros comunitarios de Aprendizaje (CECODAP)
· Red de Apoyo por la Justicia y la Paz
· Colectivo de Atención y Servicio Integral a los Trabajadores/as (
COLECTIVO APORTES)
· Programa Venezolano de Educación Acción en Derechos Humanos
(PROVEA)
· Oficina de DD.HH. del Vicariato Apostólico de Pto. Ayacucho
· Oficina de Derechos Humanos de la Diócesis de Ciudad Guayana -
Humana Dignitas
· Asociación Fraternidad y Orientación Activa ( AFOA) - Ciudad
Bolívar
· Oficina de Derechos Humanos de la Diócesis de Ciudad Bolívar
"Derecho y Justicia"
· Cátedra de la Paz y los Derechos Humanos "Monseñor Romero" ( ULA -
Mérida)
· Centro de Educación y Extensión de la Universidad de Carabobo
· ACTYVA ( Trujillo)
· Centro de Animación Juvenil (Trujillo)
· FUNDACEDIF ( Aragua)
· Vicaría Episcopal de Derechos Humanos de la Arquidiócesis de
Caracas
. Fundación de Derechos Humanos del estado Sucre
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