Judíos venezolanos felicitan a Chávez por su triunfo electoral, revela JVR

Credito: Venezueladeverdad.gob.ve

21 Oct. 2012 - Este domingo, el reconocido periodista, José Vicente Rangel, reveló a través de su programa televisivo fragmentos de un comunicado emitido el pasado 10 de octubre por la Confederación de Asociaciones Israelitas de Venezuela (CAIV), la misiva estuvo dirigida al presidente de la República, Hugo Chávez Frías.

“Las más sinceras y cálidas felicitaciones, extensivas a su gobierno y a todo el pueblo de Venezuela por los resultados que le fueron favorables en el reciente proceso electoral del pasado 7 de los corrientes, designándolo como Presidente de la nación hasta el año 2019”, leyó textualmente Rangel del referido documento.

Asimismo, agregó que, “Hacemos propicia la ocasión para reiterarle nuestros deseos como venezolanos judíos en mantener un franco y fluido diálogo con usted y los representes de su Gobierno, le reiteramos nuestra palabra de la más alta consideración y estima”, la carta contó con la firma de David Bittan, presidente de la CAIV.

Es importante destacar que, el presidente Chávez en varias oportunidades ha reiterado que el Gobierno nacional respeta toda expresión de fe religiosa y es garante de la libertad de culto en el país. Claro está sin dejar a un lado, su profundo amor y defensa por la autodeterminación de los pueblos del mundo.

Expresión de ello han sido los diferentes encuentros con representes religiosos que visitan o hacen vida en el país, incluyendo a la comunidad israelita de Venezuela, quienes fueron recibidos por el Jefe de Estado el pasado mes de septiembre en las instalaciones del Palacio de Miraflores.

Libertad de religión y culto

Venezuela es un país donde conviven las grandes religiones del mundo, tales como el Cristianismo, Islamismo, Judaísmo y Budismo; además, de un gran número de grupos religiosos minoritarios, entre las que se encuentran las expresiones de fe indígenas y afrodescendientes.

En este sentido la Constitución venezolana expresa en el Artículo 59 sobre la libertad de culto: “El Estado garantizará la libertad de religión y de culto. Toda persona tiene derecho a profesar su fe religiosa y cultos y a manifestar sus creencias en privado o en público, mediante la enseñanza u otras prácticas, siempre que no se opongan a la moral, a las buenas costumbres y al orden público. Se garantiza, así mismo, la independencia y la autonomía de las iglesias y confesiones religiosas, sin más limitaciones que las derivadas de esta Constitución y de la ley. El padre y la madre tienen derecho a que sus hijos o hijas reciban la educación religiosa que esté de acuerdo con sus convicciones.
Nadie podrá invocar creencias o disciplinas religiosas para eludir el cumplimiento de la ley ni para impedir a otro u otra el ejercicio de sus derechos”

Este artículo va en concordancia con el 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que reza: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia”.

Y con el artículo 18 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos: ”Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias de su elección, así como la libertad de manifestar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante el culto, la celebración de los ritos, las prácticas y la enseñanza”.


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