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Antes del 31 de marzo aplica este Recetario de como defender tus derechos en los Clpp de tu municipio
Por: Miguel De Gregorio
Fecha de publicación: 29/03/04
imprímelo mándaselo a
tus panas
Apreciados amigos de la red de aporrea les informamos que: Motivado a que: * Que en el mes de octubre del año 2002, se conformó el Centro de Coordinación de Implantación de los CLPP, por intermedio del portal de http://www.consejoslocales.org , cuyos objetivos y metas iniciales se encuentran publicadas en este enlace * Que el incumplimiento de muchas Instituciones y Organismos del Poder Público, en el proceso de Conformación de los 335 Clpp del País, no permitió alcanzar las metas preestablecidas. * Que desde su promulgación, no se ha cumplido por la autoridades competentes , la difusión masiva de los alcances de la Ley de los Clpp hacia las comunidades y ciudadanos de cada municipio. * Que se han incumplido todos los lineamientos y plazos establecidos en la ley de los Clpp, con relación a los procesos de aprobación de la Ordenanza de Funcionamiento, convocatoria autónoma de las comunidades organizadas para las elecciones de sus representantes, del plazo de Instalación, de la aprobación del Reglamento de Funcionamiento del Clpp, de la conformación de la Sala técnica respectiva. * Que las comunidades organizadas no han podido ejercer los derechos constitucionales y legales obtenidos en el articulo Nº 182 y la Ley de los Clpp, formulando y aprobando las propuestas prioritarias para ser incluidas, por intermedio del Clpp, tanto en los Presupuestos de Inversiones Municipales tanto de los años fiscales 2003 como el del 2004 * Que todos los Organismos e Instituciones de la Administración Publica Nacional, no se han puesto a derecho en el cumplimiento de la Ley Orgánica de Planificación * Que persiste por parte de muchas Instituciones, la aprobación de los Proyectos presentado por las Alcaldías que no fueran aprobado previamente por el Clpp respectivo de cada municipio, conformado de acuerdo a los lineamientos de la Ley de los Clpp. * Que no se ha obtenido respuesta oportuna y adecuada respuesta por parte de la Defensoria del Pueblo, Contraloría General de la `República y Vicepresidencia de la República, antes comunicaciones enviada desde el año 2002, reivindicando la conformación constitucional de los 335 clpp del país * Que Instituciones y Organismos del Poder Ciudadano y otros, han emitido diferentes pronunciamientos e informes que cuestionan los derechos adquiridos por los ciudadanos y comunidades organizadas, por intermedio del Consejo Local de Planificación Publica Recomendamos a todos los ciudadanos y promotores municipales: * Leer concienzudamente la ley de los CLPP y los derechos adquiridos... Ver texto de la Ley de los Clpp * Actualizar los datos de conformación del Clpp de su municipio, compilando esta Planilla elaborada para tal fin * Recopilar toda la información y documentación relativa a los proceso, si los hubieran, de conformación del Clpp de su municipio, incluyendo recorte de prensa relacionados con el proceso de Instalación desde el 12 Junio del año 2002. ( para ser anexada en las denuncias ) * Hacer entrega formal antes del 31 de marzo del 2004, de la comunicaciones y denuncias para defender el derecho de formular y aprobar el Presupuesto De inversión de tu municipio correspondiente al año fiscal 2004.. Ver los modelos de comunicación * Enviar vía fax, la solicitud ante el Jefe de la Oficina Nacional de Presupuesto (Onapre), para que interceda, evitando que la ejecución de los Presupuestos de Inversión Municipal, sin que estos sean formulados y aprobados por los Clpp respectivo de cada municipio. ver modelo de solicitud * Apoyar comunicación por Internet, enviada al Contralor General de la República, donde se solicita el cumplimiento de los Contralores Municipales en no aprobar las Inversiones municipales respectivas, si las mismas no son avaladas por los Clpp de cada municipio. Apoye esta Comunicación al Contralor General * Apoyar por Internet, la Comunicación enviada al Vicepresidente de la República, para que no permita que se otorgue de manera inconstitucional,. los recursos a las Alcaldía y Gobernaciones, sin que su destino sea formulado y aprobado por el clpp respectivo Apoye esta Comunicación al Vicepresidente de la República * Apoyar por Internet, el Memorando enviado al Vicepresidente de la República, para que interceda ante las irregularidades que se han detectado en el proceso de conformación de los 335 Clpp del país Apoye este Memorando dirigido al Vicepresidente de la República * Convocar asamblea de su comunidad para analizar y aprobar propuestas de prioridades según lo establecido en el articulo Nº 11 d la Ley de los Clpp. Ver Estrategia de Acción * Solicitar ante el Viceministro de Planificación, el apoyo en logística que cubran el transporte y alimentación al grupo de promotores de su municipio, para asistir a un curso de inducción sobre Clpp en Puerto Cabello, gratuito con alojamiento incluido Ver modelo de solicitud (el primero fue concedido a promotores del Zulia) * Solicitar verbalmente o por escrito, los montos del Presupuesto de Ingresos Ordinario de su municipio, correspondiente al año fiscal 2004 (o sea los ingresos propios, sin incluir situado ni FIDES ni Laee), a efecto de calcular el monto destinado a Inversiones municipales para el presnte año, al cual, como ciudadano o como organización, tiene derecho de planificar y aprobar su destino de acuerdo a sus prioridades. Por lo antes expuesto, concluimos con informarles que a partir de esta fecha hasta que todos los ciudadanos y comunidades organizadas en todos los 335 municipios del país, no ejerzan plenamente y de manera autónoma, los derechos otorgados por intermedio de los órganos cogestionarios de los Clpp, nuestra Plataforma priorizará el cumplimiento en todas sus herramientas tecnológicas, de las acciones enmarcada en los preceptos constitucionales nº 131 y 132, dirigido apoyar incondicionalmente las actuaciones que tengan a bien realizar, todos los promotores y organizaciones en defensa de sus derechos participativos, brindadole apoyo, asesoria y lo que requieran para consolidar el exito de las mismas. CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Gaceta Oficial Extraordinaria N° 36.860 de fecha 30 de diciembre de 1.999 De los Deberes Artículo 131. Toda persona tiene el deber de cumplir y acatar esta Constitución, las leyes y los demás actos que en ejercicio de sus funciones dicten los órganos del Poder Público. Artículo 132. Toda persona tiene el deber de cumplir sus responsabilidades sociales y participar solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país, promoviendo y defendiendo los derechos humanos como fundamento de la convivencia democrática y de la paz social. Un saludo participativo Miguel De Gregorio http://www.consejoslocales.org


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