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El Tribunal Supremo de Justicia no tiene ninguna intención de atentar contra los derechos que le asisten al ciudadano Mohamed Merhi ni contra cualquier otra persona que requiera el servicio de la justicia, pero los juicios deben cumplir con los procedimientos y lapsos correspondientes en resguardo de los principios, derechos y garantías constitucionales de todas las partes
En relación con el ciudadano Mohamed Merhi no existe decisión individual del Magistrado Iván Rincón Urdaneta, todo lo acordado ha sido aprobado por unanimidad en Sala Plena
El Tribunal Supremo de Justicia en Pleno no ordenó el desalojo del señor Mohamed Merhi, tal como trascendió en algunos medios informativos, todo lo contrario, de manera unánime se solicitó el apoyo de la Cruz Roja para que le diera asistencia humanitaria y a la Guardia Nacional se le giró instrucciones para que protegiera la integridad física del mencionado ciudadano quien se declaró en huelga.
La información la ofreció el presidente del TSJ, magistrado Iván Rincón Urdaneta, al reiterar que en reunión de la Sala Plena celebrada el pasado jueves 31 de octubre con motivo de analizar la situación del ciudadano Mohamed Merhi, quien inició una huelga de hambre frente a la sede del Máximo Tribunal como medida de presión para que se ordene una investigación de la muerte de su hijo de 19 años de edad y de todos los que fallecieron en medio de los sucesos del 11 de abril, se acordó pedir la colaboración a la Cruz Roja venezolana, para que prestara ayuda humanitaria.
Así mismo, la Sala Plena reiteró garantizar el derecho de acceso de las personas a este Tribunal Supremo de Justicia y el resguardo de las instalaciones para garantizar el normal funcionamiento del servicio de justicia.
En tal sentido, por unanimidad, acordó solicitar la colaboración del Comando Regional Nº 5 de la Guardia Nacional para no permitir alteraciones en los espacios exteriores que corresponden a la sede del Máximo Tribunal.
“Jamás se ordenó ningún tipo de medida que atentara contra la integridad física del manifestante ni de sus acompañantes”.
Precisó que el mismo día en que el señor Mohamed Merhi comenzó la huelga de hambre estimó necesario recibirlo en su despacho para explicarle el proceso jurídico mediante el cual se ventila la acción que éste interpusiera, en esa oportunidad se le explicó al señor Merhi que en la Sala Plena donde se incorporó la discusión de la ponencia del magistrado Antonio García García éste solicitó diferir la discusión hasta que la Sala Constitucional se pronunciara sobre el recurso de interpretación interpuesto, lo cual fue aceptado por unanimidad.
Se le aseguró que el Tribunal Supremo de Justicia no tiene ninguna intención de atentar contra los derechos que le asisten al ciudadano Mohamed Merhi ni contra cualquier otro que requiera el servicio de la justicia, pero es necesario entender que los juicios deben cumplir con los procedimientos y lapsos correspondientes, en resguardo de los principios, derechos y garantías constitucionales de las partes.
Finalmente en sesión de la Sala Plena del día 5 de noviembre de 2002 se acordó por unanimidad:
Primer Punto:
Informaron los miembros de la Junta Directiva, luego de la reunión sostenida con los abogados del señor Mohamad Merhi y el ciudadano Gustavo Tovar, que ellos se comprometieron a ingresar de forma pacífica, acatando las normas de funcionamiento del Tribunal Supremo de Justicia. Esta reunión se efectuó en presencia del representante de la Defensoría del Pueblo y oficiales de la Guardia Nacional. Esta Sala Plena reitera su deber constitucional de permitir el acceso a sus instalaciones a todos los ciudadanos, dentro de los horarios de atención al público y conforme a la normativa interna vigente.
Segundo Punto:
Acordó la Sala Plena reiterar la prohibición de que cualquier persona se instale en las áreas del Tribunal Supremo de Justicia. Esta prohibición tiene por finalidad garantizar el normal funcionamiento del Máximo Tribunal y la seguridad de los Magistrados, los funcionarios y la ciudadanía en general; y en particular, con el objeto de brindar seguridad al señor Mohamad Merhi, de manera de contribuir con los lineamientos indicados por los organismos internacionales.
Fecha de Publicación:
05/11/2002
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